MERLO: LO CONDENARON POR VENDER HERRAMIENTAS ROBADAS

G.A.G. fue declarado culpable como autor material del delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro.

Nota aclarativa: en virtud de que la persona condenada recibió el beneficio de la prisión en suspenso por medio de un juicio abreviado, que implicó el reconocimiento de su autoría en el hecho, mostrar arrepentimiento por su accionar delictivo y comprometerse a cumplir determinadas normas de conducta; no se consignan sus datos identificatorios a fin de no entorpecer su proceso de resocialización.

Este miércoles, mediante un juicio abreviado, se resolvió la situación procesal de G.A.G., un hombre de 49 años acusado por vender herramientas sustraídas de una obra en construcción.

El robo se perpetró el 27 de marzo de este año en la Villa de Merlo, en una vivienda ubicada en calle Cañada de los Zainos. El dueño de la propiedad realizó la correspondiente denuncia, declarando el faltante de una carretilla, dos amoladoras, una circular, un alargue de 50 metros, una pistola de calor, un martillo percutor, dos cucharas de albañil y cinco rollos de cable.

En función de la evidencia reunida, la Fiscalía pudo acreditar que G.A.G. recibió los elementos sustraídos de manera inmediata a la comisión del delito, y que luego los vendió a distintas personas de Merlo y la zona.

A partir de diversas tareas investigativas, la policía logró identificar a los compradores, quienes entregaron voluntariamente los elementos en sede policial.

Este 29 de noviembre, la representante del Ministerio Público Fiscal, Dra. Adriana Cangelosi, presentó el acuerdo de juicio abreviado suscrito con la defensa de G.A.G., ejercida por el Defensor Oficial en lo Penal, Dr. José Francisco Pérez, y la Defensora Adjunta, Dra. María Luz Vílchez.

En el referido acuerdo, las partes propusieron que el imputado cumpla una pena de dos años y medio de prisión en suspenso y realice tratamiento psicológico por un plazo mínimo de dos años.

Al respecto, la defensa aclaró que G.A.G. atribuyó su comportamiento delictivo al abuso de bebidas alcohólicas, motivo por el cual, era pertinente que su defendido se sometiera a psicoterapia.

Ante la Jueza de Cámara, Sandra Elizabeth Piguillem, el acusado reconoció ser el autor del hecho, aceptó la imposición de la pena propuesta y realizar terapia psicológica para tratar su dependencia al alcohol. Afirmó que no es un delincuente, que es padre de ocho hijos y que, por culpa de su adicción, se separó de su esposa luego de 30 años de matrimonio, situación que lo llevó a una profunda depresión.

Luego de escuchar a las partes, la magistrada consideró razonable el acuerdo presentado, disponiendo su homologación. En consecuencia, declaró a G.A.G. culpable, como autor material y penalmente responsable del delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro, condenándolo a sufrir la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso, accesorias de ley y costas del proceso.

Como regla de conducta, le impuso iniciar tratamiento psicológico-psiquiátrico en un plazo no mayor a 30 días, y realizarlo durante un período mínimo de dos años a fin de que aborde su consumo problemático de alcohol. Además, deberá informar al tribunal quién será el/la profesional tratante, en qué consistirá la terapia, y presentar constancia mensual de su cumplimiento.

De no acatar dicha pauta, el Tribunal podrá revocar la condicionalidad de la condena y G.A.G. tendrá que cumplir la totalidad de la pena de prisión de manera efectiva.

Prensa Judicial 3° Circunscripción

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