MODIFICACIÓN DEL ART. 8 DEL TEXTO ORDENADO DEL RÉGIMEN DE LICENCIAS

Respecto a la licencia anual del agente, magistrado o funcionario judicial.

El Superior Tribunal de Justicia informó que se ha efectuado una modificación en el Art. 8 del Texto Ordenado del Régimen de Licencias para el Personal del Poder Judicial de la provincia de San Luis (Acuerdo Nº 261/15). El referido cambio refiere a la licencia anual del agente, magistrado o funcionario.

De esta manera, el Art. 8 del Acuerdo Nº 261/15, quedará redactado de la siguiente manera:

Art. 8º: La licencia anual del agente, magistrado o funcionario sólo se interrumpe por razones de salud, licencia por maternidad, paternidad, de servicio y otras causales que quedan a criterio del Superior Tribunal de Justicia”.

La presente modificación se dispuso mediante Acuerdo Nº 328/15.

Redacción: J.N.Sanchez

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