“NO DEBE SER UNA IMPOSICIÓN DE UN SECTOR HACIA OTRO, TIENE QUE HABER CONSENSO”

Fue la reflexión del Dr. Sandro Abraldes, sobre el Anteproyecto de Reforma del Código Penal 2014.

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Los pasados viernes 8 y sábado 9 de agosto, en la Universidad Católica de Cuyo -sede San Luis-, se llevó a cabo la tercer Conferencia de Derecho Penal, a cargo del Dr. Sandro Abraldes -Profesor de la UBA y la Universidad de Belgrano, Fiscal Nacional en Criminal de Instrucción, titular de la Fiscalía Nº 24, Fiscal General Subrogante a cargo de la Fiscalía General Nº 3-. El letrado dialogó con el Centro de Información Judicial sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas -temática abordada en su disertación- y además, opinó sobre el Anteproyecto de Reforma del Código Penal 2014.

¿En qué consistió la capacitación que brindó en la Universidad Católica de Cuyo?

Desarrollé un tema novedoso, que es la posibilidad de aplicar penas a una persona jurídica, ya que hasta ahora lo que se viene tratando son las penas a las personas individuales. Desde hace un tiempo en el mundo, se viene discutiendo, sobre todo desde los años 90 en adelante, la posibilidad de los castigos a las personas jurídicas, con penas que son retributivas, es decir, aplicar una pena de multa, de suspensión de sus actividades, de cotización en bolsa. Todo esto con la idea de que esas personas jurídicas son actores sociales muy importantes, y sobre todo en el entendimiento de que el delito no es ya una obra individual, en el sentido humano, sino que puede ser llevada a cabo por estas sociedades dentro del marco de actividades sociales.

¿Qué o quiénes son las personas jurídicas?

El Código las divide en personas de existencia idea o personas físicas. Hay 2 clases de personas, las físicas, es decir el ser humano, y las personas jurídicas que pueden ser, por ejemplo, el Banco ISBC, Coca Cola, cualquier corporación dentro del mundo social y económico.

¿Cuál es la responsabilidad penal de las personas jurídicas?

En líneas generales, el Código solo admite esa forma de responsabilidad penal para personas jurídicas a partir de una reforma medianamente reciente, relativa al lavado de dinero. No tenés una forma en general que se aplique a las personas jurídicas como por ejemplo, la posibilidad de castigar a una persona jurídica por el pago de un soborno o coima, esto sería un cohecho o la posibilidad de aplicar una pena por algunas formas de delitos económicos. Si bien hay algunas leyes penales muy especiales que regulan esa posibilidad, con criterio general, no está regulado en el Código. El Anteproyecto del Código de 2014, si contiene esta posibilidad, una regulación específica y eso es lo que discutimos también en las jornadas de capacitación.

Este tema no es del todo nuevo, ya que se debate en el mundo desde al año 50, sobre todo después de la necesidad de intervención estatal con motivo de la depresión generada por la Segunda Guerra Mundial, se empezó a generar una corriente favorable, a criminalizar a la persona jurídica en cuanto tal, no al Directivo, sino a la persona jurídica en cuanto ente ideal, es decir, aplicar una pena que pegue en el patrimonio o en la actividad directamente de esa sociedad.

En cuanto a la responsabilidad penal de las personas jurídicas ¿está de acuerdo con la modificatoria en el Anteproyecto del Código Penal?

Por lo menos va de la mano con la tendencia en el mundo. Desde el punto de vista conceptual se puede debatir y mucho, creo que es un tema que en está abierto a la discusión de la academia y de quienes en definitiva, van a estar regulados por un nuevo Código, que somos todos, que discutamos si esto va a entrar o no en este un Código Penal.

¿Qué opina sobre el mencionado Anteproyecto del Código Penal?

Creo que una reforma es necesaria, ya que el Código como está es un vestigio de Códigos. Creo que hay cosas que son perfectibles por supuesto, pero lo importante y más necesario, es que esta reforma sea producto de un consenso. Si vamos a modificar la Ley Penal que nos rige a todos los argentinos, por lo menos una parte ampliamente mayoritaria tiene que estar de acuerdo en cuál va a ser la Ley Penal que regirá para todos los ciudadanos en el día a día.

La reforma no debe ser imposición de un sector hacia otro, tiene que haber un amplio consenso ya que es un producto que sale de la facultad para proyectarse sobre la vida de la gente y en esto tienen que estar llamados a opinar, no solamente los profesores, académicos, sino todos los actores sociales. 

Redacción: J.N.Sanchez

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