A partir de ahora, se deberá acreditar la aprobación de la formación académica de posgrado que deberá ser inherente a la función judicial. También se actualizó la carga horaria a cumplimentar.
El Superior Tribunal de Justicia, a través del Acuerdo 694, actualizó la reglamentación interna para las nuevas solicitudes de otorgamiento de los adicionales por “posgrado”.
A partir de este Acuerdo, para cobrar ese dinero adicional en los haberes, se deberá acreditar la aprobación de una carrera de posgrado, ya sea especialización, maestría o doctorado inherente a la función judicial.
Para percibirlo, se deberá presentar ante la Dirección de Recursos Humanos, la siguiente documentación:
1) Para los títulos expedidos por universidades argentinas:
– Copia del título otorgado intervenido por el Ministerio de Educación de la Nación, y legalizado por el Ministerio del Interior.
– Copia de la resolución de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) de acreditación de la carrera de formación en posgrado.
2) Para los títulos expedidos por universidades extranjeras:
− Copia del título de especialización, maestría o doctorado, con la certificación y legalización que correspondiere según el país de origen.
− Certificado de la carga horaria expresada en horas reloj.
− Copia de la resolución de acreditación de la carrera por un organismo equivalente a la CONEAU. En caso de no existir organismo similar, se deberá dejar constancia del cumplimiento de los mecanismos de validación vigentes en el país otorgante del título.
Carga horaria que se deberá acreditar:
Especialización: un mínimo de 360 horas reloj.
Maestría: al menos 700 horas reloj.
Doctorado: será determinada por cada institución universitaria.
Cabe señalar que la presente normativa, no afecta los derechos adquiridos de aquellos que han incorporado a su salario tal adicional.
Para acceder al Acuerdo Nº 694/19, hacer CLICK AQUÍ
Redacción: V. Besso
Corrección: E. Jofré