OFICIAL DE CUMPLIMIENTO Y RESPONSABILIDAD PENAL EMPRESARIA

Fue el tópico que desarrolló el Dr. Juan María Rodríguez Estévez durante su disertación en el Congreso de Derecho Penal.

En continuidad con la última jornada del Congreso, tuvo lugar la destacada exposición “Oficial de cumplimiento y responsabilidad penal empresaria”, a cargo del Dr. Juan María Rodríguez Estévez.

En su alocución, el jurista manifestó que “lo que tratamos de plantear, es que el derecho penal, tal como lo conocemos hasta hoy, se está modificando sustancialmente, ya que la realidad criminal es mucho más compleja y necesita nuevas respuestas”.

En relación a ello, sostuvo que se está hablando de delitos complejos como evasiones tributarias, contaminación ambiental, trata de personas, narcotráfico; que requieren de parte del Estado una solución mucho más efectiva para poder hacerles frente, y un caso puntual también es el tema del lavado de dinero. “En este marco, lo que está avanzando nuestra legislación penal, es una suerte de que el ciudadano organizado como empresa, colabore con el Estado en la prevención de estos delitos. Y esto se ve básicamente en todas las obligaciones que tienen, por ejemplo, los bancos de informar a las unidades de control del Estado ciertas operaciones sospechosas, para poder prevenir el lavado de dinero”.

A su vez agregó que “esto nos remite a una discusión muy de fondo y muy profunda dónde se le está exigiendo cada vez más al ciudadano, deberes de funcionario público, por así llamarlo. El derecho penal, tal como está anclado en derechos jurídicos individuales, por poner el ejemplo del homicidio, tiene que modificarse y readaptarse para afrontar estos nuevos fenómenos complejos. Y una salida, una alternativa es la sanción penal también a las personas jurídicas en caso de que sean utilizadas para la comisión de delitos”, advirtió el letrado.

Luego, el orador aclaró que “actualmente en la Ley de lavado de dinero, tenemos una figura oficial de cumplimiento, que es una especie de encargado del directorio de alertas sobre posibles acciones delictivas. La idea sería que eso no sea implementado como una suerte de “cacería de brujas”, es decir, que no sea selectiva la persecución penal, sino que sea racional y ordenada”.

Para finalizar, el Dr. Rodríguez Estévez añadió que “luego que esa acción, en los casos donde realmente exista responsabilidad penal de ésta persona encargada de prevenir dentro de la empresa, pueda trasladarse a sanciones a las personas jurídicas, siempre y cuando ello sea aplicado de modo razonable, con amplitud de debate y de defensa en juicio. Creo que a la larga, el mensaje es bueno en cuanto a la función del derecho penal en la sociedad, es decir, un derecho penal que se ocupe de todos los ámbitos que hacen a una comunidad pacífica dentro de nuestro Estado”.

Redacción: J.N.Sanchez/N.Vera

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