OFICINA DE DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTAL

En el día de la fecha se dispuso su funcionamiento, en razón del inicio de la despapelización prevista para el 3 de agosto próximo.

Por Acuerdo Nº 335/15, el Superior Tribunal determinó la modalidad operativa de la Oficina de Digitalización de Documental- contemplada en el Reglamento General de Expediente Electrónico.

Conforme a que el 3 de agosto próximo iniciará el proceso de despapelización en 6 juzgados, se estableció que la referida oficina funcionará en el Anexo de Biblioteca del Primer Piso, en San Luis y la oficina contigua a MGU, en Villa Mercedes. Serán los fedatarios de la documental escaneada que deberá incorporarse al expediente electrónico y del visado de los originales, el responsable y funcionario de MGU designados en la Primera y Segunda Circunscripción Judicial, respectivamente.

Asimismo se dispuso que cuando el volumen de la documental a digitalizar para un mismo juzgado, que haya ingresado en el día, supere el margen de cincuenta fojas, se convocará para colaborar en dicha tarea al personal de mesa de entradas del juzgado sorteado.

Por otro lado, se determinó la modalidad para los Juzgados de Instrucción en lo Correccional y Contravencional, ya que al no intervenir MGU en el ingreso de las causas, se deberán digitalizar las actuaciones de la pre instrucción que hayan sido ratificadas en sede judicial y todas aquellas que ameriten su inclusión en el expediente electrónico, una vez que – a criterio del Magistrado- se disponga la prosecución de la causa.

Para acceder al texto del Acuerdo completo, haga click AQUÍ.

Redacción: M.C.Hang

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