POSTULANTES ADMITIDOS EN CONCURSOS DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

De conformidad a lo previsto por el Art. 5º de la Ley VI-0615-2008, y a los efectos del art. 6º de dicha normativa, el Consejo de la Magistratura de la provincia de San Luis dio a conocer los profesionales a los que se ha admitido la postulación para cubrir los siguientes cargos:

Tres (3) cargos de: Juez Penal integrante del foro de Jueces del fuero de lucha contra el narcomenudeo de la Primera Circunscripción Judicial.

Tres (3) cargos de: Juez Penal integrante del foro de Jueces del fuero de lucha contra el narcomenudeo de la Segunda Circunscripción Judicial.

Dos (2) cargos de: Juez Penal integrante del foro de jueces del fuero de lucha contra el narcomenudeo de la Tercera Circunscripción Judicial.

EDICTO - ADMISION DE POSTULANTES (JUEZ NARCOMENUDEO)

2(Dos) cargos de: Fiscal con atribución en etapa de instrucción y juicio de la Primera Circunscripción Judicial.

2(Dos) cargos de: Fiscal con atribución en etapa de instrucción y juicio de la Segunda Circunscripción Judicial.

2(Dos) cargos de Fiscal con atribución en etapa de instrucción y juicio de la Tercera Circunscripción Judicial.

EDICTO - ADMISION DE POSTULANTES (FISCAL NARCOMENUDEO)

01 (Un) cargo de Defensor Penal con atribución en etapa de instrucción y juicio de la Primera Circunscripción Judicial (Narcomenudeo).

01 (Un) cargo de Defensor Penal con atribución en etapa de instrucción y juicio de la Segunda Circunscripción Judicial (Narcomenudeo).

01 (Un) cargo de Defensor Penal con atribución en etapa de instrucción y juicio de la Tercera Circunscripción Judicial (Narcomenudeo).

EDICTO - ADMISION DE POSTULANTES (DEFENSOR NARCOMENUDEO)

PRESENTACIONES DE LA CIUDADANÍA

La ciudadanía en general, las organizaciones no gubernamentales, los colegios profesionales, las entidades académicas y de derechos humanos podrán formular las posturas, observaciones y circunstancias que consideren de interés expresar respecto de los postulantes.

El informe deberá hacerse por escrito, de modo fundado y documentado y con Declaración Jurada respecto de su propia objetividad en relación a los inscriptos.

El plazo para la presentación será de 15 días, a contar desde la última publicación en el Boletín Oficial Judicial de la Provincia.

No serán consideradas aquellas objeciones irrelevantes desde la perspectiva de la finalidad del procedimiento que establece la referida Ley o que se funden en cualquier tipo de discriminación racial, religiosa, ideológica o de cualquier otra naturaleza.

La documentación y antecedentes de los postulantes, efectuada por medio del sistema de inscripciones on line, puede ser consultada en la página web del Consejo de la Magistratura.

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