PRIMERA CONDENA EN SAN LUIS POR VIOLAR LA CUARENTENA

Se trata de Franco Pizarro quien fue detenido en la madrugada del cinco de mayo en medio del aislamiento social, preventivo y obligatorio. En un juicio abreviado, fue sentenciado a 9 meses de prisión. Por estar condenado por otro delito, la Cámara Penal N° 2 deberá computar la pena.

Este jueves, el Juzgado de Sentencia en lo Penal, Correccional y Contravencional de la ciudad de San Luis -a cargo de la jueza Laura Molino- condenó a Franco Gonzalo Pizarro a sufrir la pena de 9 meses de prisión por encontrarlo penalmente responsable de los delitos de “Violación de las medidas sanitarias dispuestas por la autoridad para evitar la propagación de una pandemia y resistencia a la autoridad”.

Franco Pizarro de 27 años de edad, quien se encuentra detenido en el Servicio Penitenciario Provincial, fue detenido en la ciudad de San Luis, en la madrugada del 5 de mayo de 2020, en las inmediaciones de la Avda. Santos Ortiz a la altura del Autódromo Rosendo Hernández. Cuando quiso ser identificado por personal policial, emprendió la huida pero fue detenido a las pocas cuadras.

Al momento del hecho, regían en todo el territorio provincial las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio debido a la pandemia mundial por Covid-19, donde la población solo estaba autorizada a desplazamientos mínimos e indispensables, salvo algunas actividades exceptuadas que requerían permiso de circulación.

En un acuerdo entre la Fiscalía y la Defensa, el imputado reconoció la responsabilidad del hecho y se solicitó que la causa fuese resuelta mediante un juicio abreviado.

Como Pizarro ya estaba condenado a dos años de prisión en suspenso por otro delito, “Tenencia ilegal de arma de guerra”, y la pena aún no estaba agotada al momento de este nuevo hecho, el Juzgado de Sentencia, enviará el expediente a la Cámara Penal N° 2 -quien fue la que aplicó la condena más elevada- para que unifique ambas penas y haga el cómputo de tiempo que deberá cumplir Pizarro.

El juicio se desarrolló de manera virtual a través de la plataforma Cisco Webex y contó con la presencia de la jueza Laura Molino; la secretaria del Juzgado, María Eugenia Gatica; la agente fiscal N° 1, María Eugenia Zabala Chacur; el imputado y su defensor Federico Putelli.

¿QUÉ ES UN JUICIO ABREVIADO?

Es una de las formas alternativas de culminar el proceso penal mediante el cual el acusado de un delito reconoce la existencia del hecho, su participación como autor, cómplice o instigador y acepta la calificación legal que le otorga a ese hecho el fiscal.

A partir del reconocimiento del delito por parte del autor, el fiscal y el defensor acuerdan la pena, prestando conformidad con el acusado.

Cuando alguna de las partes solicita el juicio abreviado, el Tribunal convoca a una audiencia a fin de tomar conocimiento personalmente del imputado, a quien se le explica el alcance del trámite y manifiesta las conformidades antes señaladas contando con la debida asistencia de su defensor, por lo que se no se requiere la presencia de testigos del hecho, peritos, ni de la realización de otros actos probatorios.

Luego de esta audiencia, el Tribunal dicta una sentencia donde se expide sobre la admisibilidad o no del trámite de juicio abreviado.

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Redacción: V. Besso

Corrección: J. N. Sanchez

 

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