PROCESO PENAL ADOLESCENTE

En la última jornada de actividades  de las XXXIV Jornadas Nacionales de los Ministerios Públicos realizadas en San Luis los días 22,23 y 24 de noviembre de 2022 se realizó la conferencia sobre el Proceso Penal Adolescente a cargo de la Dra. Verónica López, Fiscal Adjunta del Ministerio Público de la Acusación- Santa Fe.

La Dra. Verónica López, dialogó con este medio y nos explicó acerca de la temática.

¿Qué trata la Ley Penal Juvenil?

En relación a la Ley Penal Juvenil, hay que distinguir la jurisdicción nacional y la provincial. A nivel nacional se regula el fondo del Derecho Penal Adolescente en donde la Ley Nº 22278 del año 80` declara que, van a ser no punibles los menores de 16 años y la franja etaria entre 16 y 18 años pueden ser pasibles de un régimen penal adolescente, siempre y cuando cometan algún delito que tenga previsto una pena privativa de la libertad de más de dos años y que además sea de acción pública. Esto es lo que determina que va a ser derecho penal adolescente y que no va a ser.

La constitución nacional marca que sean las provincias quienes redacten sus códigos procesales adolescentes. Y es así que en toda la República Argentina hay diferentes jurisdicciones a nivel provincial, la mayoría con un tinte acusatorio y algunas, que venimos un poco retrasados, no dudo que en estos años vamos a aggiornarnos a tener un sistema penal adolescente acusatorio igual que en régimen de mayores.

¿Cómo es el proceso penal adolescente en nuestro país?

El procedimiento depende de cada provincia. Cada una elige la forma que va a llevar adelante esos procesos contra esos adolescentes. Por ejemplo, en la provincia de Santa Fe todavía tenemos un proceso donde investiga un juez y es escrito, de todas maneras, hay proyectos de ley que intentan que también este proceso sea acusatorio igual que el de adultos.

¿Qué sucede cuando un adolescente comete un delito?

Cuando un adolescente comete un delito y es anoticiada a la autoridad de esta situación, ya sea porque fue aprehendido en flagrancia o a través de una denuncia penal, lo primero que debe determinar el fiscal es la edad, si se trata de un menor de 16 años en principio no podría procederse y debería derivarlo a la autoridad administrativa para que sea tratado porque no se le puede aplicar ninguna clase de sanción jurídica penal.

En cambio, si es un adolescente de 16 a 18 años y ha cometido un delito de acción publica reprimido con una pena privativa de la libertad de más de 2 años, podría iniciarse un procedimiento penal que no necesariamente termine con la aplicación de una pena.

La lógica del Derecho Procesal penal de adultos del que cometió un delito se le aplica una sanción no es lo que sucede en el Derecho Penal adolescente. Precisamente el mandato constitucional se refiere a que el sistema penal tiene un objetivo de volver al adolescente a la sociedad ayudándolo a crecer, se considera que es un sujeto en formación y por tanto puede ser determinado responsable por una sentencia, pero si luego de un tratamiento que antes se llamaba tutelar y ahora medidas socioeducativas, puede demostrar su capacidad de cambio y de verificar un futuro diverso, tal vez en la segunda de las sentencias, que será la de determinación de pena, el propio juez a pedido del fiscal o su propia resolución puede resolver no aplicar una pena.

¿Cuál es el abordaje que se realiza desde el Ministerio Público de la Acusación?

El Ministerio Público de la Acusación de la provincia de Santa Fe todavía no trabaja con adolescentes porque el sistema penal provincial tiene un tinte inquisitivo, es llevado adelante por un juez y es escrito. De todas maneras, en este momento, en la legislatura de la provincia de Santa Fe hay diversos proyectos que están siendo tratados a los efectos de procurar un proceso penal adolescente acusatorio y de esa manera que el Ministerio Público de la Acusación de Santa Fe pueda tener injerencias en ese tipo de intervenciones.

En relación a las “XXXIV Jornadas Nacionales de los Ministerios Públicos”, ¿Qué destaca de su realización? ¿Por qué es importante participar de estos encuentros?

Lo que destaco de estas jornadas es  la posibilidad de intercambio, de opiniones, de proyectos, de ideas con colegas, es un intercambio federal muy importante. Tiene mucha relevancia no solamente a nivel de los Ministerios Públicos sino también en otro tipo de intervenciones que se pueden pensar y articular.

Mi sensación es que fueron realizadas muy bien, ordenadas, con mucho afecto, fuimos muy bien atendidos y eso le da un plus a este intercambio laboral.

Con respecto a la participación, es fundamental que los Ministerios Públicos de toda la República Argentina tengamos las posibilidad de a poco de participar para, saber, conocer, entender como se trabaja en otros lugares, que dificultades tienen, como fue el tránsito de las modificaciones y de los cambios en algunas provincias para aprender conjuntamente y poder sacar algo provechoso de esta experiencia.

Prensa Judicial Villa Mercedes

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