
Este lunes, el juez Ariel Parrillis resolvió prorrogar la prisión preventiva de Franco Exequiel Díaz hasta el próximo 28 de agosto, fecha en la que está previsto que finalice el juicio oral en su contra.
La audiencia se realizó en el Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción Judicial y contó con la intervención de la Fiscal Adjunta María José Guiñazú y del Defensor de Juicio Nº 1 Esteban Sala.
Díaz se encuentra imputado por diversos delitos contra la propiedad —robo y hurto— cometidos entre 2023 y 2025. La Fiscalía solicitó la extensión de la medida cautelar al considerar que persisten los riesgos procesales que motivaron que el imputado permaneciera detenido durante la investigación. La Defensa, en cambio, sostuvo que la etapa de investigación está concluida, que el imputado permaneció siempre en San Luis sin interferir en el proceso y que los hechos de los que se lo acusan no implican violencia contra las personas. También invocó el artículo 167 del Código Procesal Penal para cuestionar un supuesto exceso en los plazos de prisión preventiva y pidió que Díaz llegue al juicio en libertad, bajo la condición de firmar el Libro de Procesados en la Fiscalía.
Al resolver, el Juez explicó que la prisión preventiva no se fundamenta en la gravedad de los delitos imputados sino en los riesgos procesales. Indicó que, si bien se debe respetar el principio de inocencia y el derecho a transitar el proceso en libertad, en este caso se verifican los presupuestos legales que justifican la medida cautelar.
En su análisis, el magistrado destacó que el imputado tuvo varias oportunidades de permanecer en libertad durante el proceso, pero que volvió a ser investigado por nuevos hechos. Esta conducta, a criterio del juez, demuestra una “manifiesta renuencia a ajustar su conducta al cumplimiento de la ley”. Asimismo, sostuvo que el comportamiento de Díaz en libertad no se ajustó a una convivencia pacífica, lo que refuerza la necesidad de asegurar la realización del juicio previsto para los días 26, 27 y 28 de agosto.
Finalmente, Parrillis rechazó el planteo sobre el supuesto exceso de plazos, indicando que esa cuestión debe ser tratada por el órgano jurisdiccional correspondiente. También valoró que la pretensión punitiva en esta causa es de siete años de prisión, lo cual incide en la razonabilidad de la medida cautelar.