RECHAZAN PEDIDO DE JUICIO ABREVIADO PARA ACUSADO DE AMENAZAR CON UN REVÓLVER A DOS JÓVENES

El Colegio de Jueces de la ciudad de San Luis, integrado en esta oportunidad de forma unipersonal por la jueza María Eugenia Zabala Chacur, rechazó un pedido de juicio abreviado para que Jorge Omar Leyes sea condenado a tres años de prisión en suspenso por ser autor de los delitos de portación de arma civil, abuso de armas y lesiones leves. La dirección del Colegio de Jueces deberá ahora fijar nueva fecha para el desarrollo del juicio oral y público.

La causa deberá continuar con otros jueces sin que el reconocimiento del imputado se tome como indicio en su contra y la pena que fue pedida por el fiscal en la audiencia de juicio abreviado, celebrada el 16 de agosto pasado, no será vinculante para el debate oral.

ARTÍCULO 236.- INADMISIBILIDAD. Cuando el Juez estime que el acuerdo no cumple con los requisitos legales, el fiscal deberá continuar el procedimiento según el trámite ordinario, remitiéndose a otro Juez o Tribunal. En este caso, el requerimiento anterior sobre la pena no vincula al fiscal durante el juicio, ni la admisión de los hechos por parte del imputado podrá ser considerada como reconocimiento de culpabilidad.

Leyes, de 59 años, está acusado de amenazar con un arma de fuego a dos jóvenes. El hecho sucedió el 7 de julio pasado en una playa de estacionamiento ubicada sobre la calle General Paz, en el micro centro de la ciudad de San Luis.

Ese día, de acuerdo a la acusación fiscal, el imputado llegó al estacionamiento a bordo de su Volkswagen Surán y amenazó con un revólver calibre 22 marca Jaguar cargado con cuatro vainas a Rodrigo y Dardo Otero, y luego forcejeó con uno de ellos. 

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