RECHAZAN PEDIDO DE SUSPENSIÓN DE JUICIO A PRUEBA EN UNA CAUSA POR HOMICIDIO SIMPLE

En una resolución unánime, un tribunal del Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción rechazó este lunes la aplicación del beneficio de suspensión del juicio a prueba (conocido como “probation”) a favor de Felipe Iglesias, un automovilista de 65 años acusado de atropellar con su Fiat Cronos y provocar la muerte de Pablo Ayala y lesiones a su acompañante, quienes circulaban en su motocicleta. El hecho ocurrió el 16 de diciembre de 2023 en la esquina de calle Caseros y 25 de Mayo de la ciudad de San Luis.

La defensa, representada por el abogado Santiago Calderón Salomón, planteó además la intención del imputado de realizar tareas comunitarias en el Club Vecinal y Deportivo La Merced y el pago de una compensación económica de tres millones.

Por otro lado, el Ministerio Público Fiscal se opuso, en su rol de titular de la acción penal, a la solicitud presentada por la defensa de Iglesias. La fiscal de Juicio, Virginia Palacios, quién subrogó al fiscal Fernando Rodríguez en la primera jornada del debate oral, consideró que la causa amerita un debate para analizar la calificación legal y rendir las pruebas necesarias.

“No es pasible de otorgar la suspensión de juicio prueba, porque justamente si hay algo que este juicio necesita es un amplio debate sobre un hecho cuya calificación legal no habilita la concepción de dicho beneficio”, explicó la fiscal. 

Iglesias llega a juicio acusado de homicidio simple con dolo eventual agravado por haberse dado a la fuga y no socorrer a la víctima en perjuicio de quien en vida se llamare Pablo Ayala en concurso real con lesiones graves con dolo eventual en perjuicio de Florencia Arrieta.

El tribunal, integrado por Ariel Parrillis, José Luis Flores y Adriana Lucero Alfonso, consideró razonable y debidamente fundamentada la postura de la Fiscalía, la cual, de por sí, es suficiente para rechazar la probation.

“Este tribunal entiende que el rechazo del Ministerio Público Fiscal ya es suficiente en cuanto a su logicidad y razonabilidad, entendiendo que arguye que es necesario un debate oral más allá de lo que resulte en cuanto a constitución legal, pero para llegar a arribar a esa resolución es necesario debatir y analizar las probanzas de las causas para que haya una verdadera sustanciación”, dijo Parrillis.

En ese marco, los jueces recordaron que la defensa tuvo oportunidad desde el inicio del proceso para plantear la suspensión del juicio a prueba y no justificó por qué no lo hizo en las etapas anteriores.

Finalmente, el tribunal también valoró la posición de los representantes de las víctimas, que, aunque su opinión no es vinculante, debe ser escuchada conforme lo establece la ley. Finalmente, además de no hacer lugar al pedido de suspensión del juicio a prueba, los jueces anunciaron un cuarto intermedio hasta mañana a las 9 horas para dar inicio al juicio oral.

La causa

El accidente ocurrió el 16 de diciembre de 2023 en la esquina de calle Caseros y 25 de Mayo de la ciudad de San Luis. Ayala murió en el acto. Viajaba en su Honda 250 con Arrieta, quien sufrió golpes y escoriaciones. Por este hecho, la fiscalía imputó a Iglesias por el delito de homicidio simple con dolo eventual en concurso ideal con el delito de lesiones y solicitó ocho años de prisión.

De acuerdo a la acusación de la Fiscalía, el conductor del automóvil se bajó del rodado, observó la escena y luego se dio a la fuga por 25 de Mayo. El choque le produjo a Ayala traumatismo de cráneo con pérdida de masa encefálica.

¿Qué es la suspensión del juicio a prueba?

La suspensión del juicio a prueba, también conocida como probation, es una alternativa al juicio penal. Permite que una persona acusada de un delito evite ir a juicio, siempre que cumpla con ciertas condiciones impuestas por el tribunal, como realizar tareas comunitarias, reparar el daño causado o cumplir reglas de conducta durante un tiempo determinado. Este beneficio no significa que la persona es inocente, sino que se suspende el proceso penal bajo ciertas condiciones.

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