RECOMPOSICIÓN SALARIAL: REUNIÓN ENTRE EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, EL COLEGIO DE MAGISTRADOS Y EL SIJUPU

El viernes, en horas del mediodía, el Superior Tribunal de Justicia en pleno mantuvo un nuevo encuentro con representantes de los Colegios de Magistrados y Funcionarios, y del Sindicato Judiciales Puntanos (SIJUPU) para analizar la situación salarial de todos los agentes del Poder Judicial, ya que sus haberes se han visto seriamente afectados por el proceso inflacionario, encontrándose actualmente entre los más bajos del país, respecto de otras cortes judiciales provinciales.

En este marco, los presentes coincidieron por unanimidad en la urgencia de trabajar firmemente en la recomposición salarial, ante la particular situación del personal judicial que, a diferencia de los demás empleados estatales, su ingreso y ascenso en todas las funciones es exclusivamente por concurso. Además, no pueden realizar otras tareas laborales, ya que tienen la obligación de dedicación exclusiva, lo que implica no contar con otros ingresos económicos.

Por otra parte, convinieron solicitar audiencias de carácter urgente con el Ministro de Gobierno y el Gobernador de la provincia, a los fines de requerir respuestas concretas en relación a la necesidad de recomponer los haberes de todo el personal judicial.

Además, los ministros y autoridades colegiadas y gremiales coincidieron en comenzar a trabajar en un proyecto ley de autarquía, que garantice la autonomía económica-financiera del Poder Judicial, considerando que la situación actual, en la que aproximadamente el 80% del presupuesto es cubierto por aportes del Tesoro que deben ser gestionados mensualmente ante el Poder Ejecutivo, lo que es un condicionante de su actividad e independencia.

Entre otros temas, trataron la necesidad de cubrir vacantes de agentes previstas en el presupuesto 2024, como parte de los recursos necesarios para ejecutar las obligaciones legales del corriente año. En este aspecto, se explicó que cada cargo de la planta permanente del Poder Judicial tiene una asignación presupuestaria específica, conforme el presupuesto aprobado por ley. Es decir, que cada cargo constituye un elemento estático del presupuesto; lo que significa que no se pueden tomar recursos presupuestarios de uno para asignarlos a otro. Esto es válido tanto para los cargos cubiertos como para los cargos vacantes.

Sobre este punto, se explicó que el llamado a concurso para cubrir cargos vacantes no modifica el presupuesto, porque la asignación presupuestaria de los mismos, no se puede asignar a otros y mucho menos utilizar dichos recursos para incrementar remuneraciones de los cargos cubiertos.

Asimismo, se aclaró que la partida de sueldos de los cargos de planta permanente no es una partida global, como si lo son las partidas de servicios, obras públicas o contratos a término.

Antes de finalizar la reunión, los presentes acordaron realizar una nueva reunión, una vez concretadas las entrevistas con las autoridades del Poder Ejecutivo.

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