RECORDATORIO SOBRE PERITOS DE OFICIO

En razón del Acuerdo Nº 688/17 que establece los principios generales, inscripciones y reinscripciones, anticipo de gastos y honorarios y actuaciones de Peritos.

La Secretaría Administrativa del Superior Tribunal de Justicia recuerda que desde el pasado 6 de noviembre de 2017 se encuentra vigente el Acuerdo Nº 688/2018, que aprobó el texto ordenado del Reglamento de Peritos de Oficio en el que se establecen los principios generales, inscripciones, reinscripciones y licencias, sanciones, anticipo de gastos, honorarios y actuaciones de Peritos.

La referida acordada presenta importantes cambios ya que para integrar la nómina de peritos, las solicitudes de reinscripción deberán efectuarse cada 3 años, y se recibirán en mesa de entradas de la Secretaría Administrativa desde el primer día hábil del mes de septiembre al último día hábil del mes de octubre de cada año.

A su vez, para que la prueba pericial se efectivice se deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 21 de dicho Reglamento, que manda incluir en la resolución que ordena la producción de la prueba pericial la transcripción del art. 463 (“anticipo de gastos”) del Código Procesal Civil y Comercial de la provincia de San Luis.

Cabe mencionar, que estos cambios se realizaron a los fines de facilitar la tarea de los Peritos de Oficio del Poder Judicial.

Para acceder al texto completo del Acuerdo, hacer click AQUÍ.

Asimismo, se informa que los interesados en consultar toda la normativa referida a la actividad de los peritos pueden ingresar a la página web institucional www.justiciasanluis.gov.ar, link Secretarías del Superior Tribunal de Justicia y luego clickear en la pestaña Administrativa, seguidamente en la página Peritos de Oficio -que se encuentra en el margen derecho de la página-.

Redacción: J.N.Sanchez

Corrección: M.C. Hang

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