REFLEXIONES SOBRE EL SISTEMA PENAL DESDE LA DEFENSA

El Dr. Gustavo Vitale opinó sobre el cumplimiento de las garantías del debido proceso y la aplicación de la “reincidencia” en las penas.

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El pasado fin de semana, el Curso de Postgrado “Especialización para la Defensa”, contó con la disertación del Defensor Oficial del Poder Judicial de la provincia de Neuquén, Dr. Gustavo Vitale. En diálogo con el Centro de Información Judicial, el funcionario neuquino se refirió a la necesidad de construir una teoría penal de la mano de las leyes argentinas, y sobretodo de la Constitución Argentina y de las Declaraciones y Convenciones de Derechos Humanos tanto interamericanas como internacionales.

“La idea es poder construir un sistema lo más racional posible, donde se coloquen los límites que corresponden al sistema de persecución penal, tanto en la parte procesal en lo que respecta a como debe ser un juicio para determinar si una persona cometió o no un delito, y al mismo tiempo con las garantías penales propiamente dichas, o sea, cuáles son las características que debe tener un hecho para ser o no un delito”, aseveró el Dr. Vitale. Esto lo tratamos desde las diferentes funciones en la Justicia, ya sea como jueces, fiscales, defensores o como abogados particulares.

Por otra parte, el docente habló de su experiencia como Defensor Público Interamericano por Argentina, función que ha desempeñado entre 2010/ 2013 y que actualmente continúa solamente en las causas que está interviniendo: “Ahora estoy actuando en Mohamed contra Argentina, una causa donde Argentina fue condenada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por un hecho donde un colectivero es imputado por homicidio culposo, siendo absuelto en el primer juicio y condenado en segunda instancia. Al respecto, aquí la Corte sostiene que toda persona condenada tiene que tener un recurso amplio para discutir la culpabilidad. El otro caso es Argüelles contra Argentina, donde se discute una prisión ilegítima durante el proceso para determinar si el imputado es culpable o no. A esta persona se la tuvo detenida por el doble de tiempo de la condena que le dieron, lo que superaba todo plazo de razonabilidad”.

En otro orden, dando paso a los temas de trascendencia pública, el profesor se refirió al Anteproyecto de Reforma del Código Penal: “Me parece un trabajo muy seriamente hecho, digno de ser considerado y discutido. Han trabajado destacados juristas como Raúl Zaffaroni, Carlos Arslanian y Ricardo Gil Lavedra, que son prestigiosos juristas, docentes y personas que han demostrado un compromiso constitucional. Han hecho un trabajo muy serio. Lo que se trató de hacer en este caso es reunir todas las leyes penales en este Código. Esto es totalmente necesario, cambiar el Código Penal, ya que con tantas reformas que han aplicado lo han deformado totalmente, a tal punto que la legislación penal argentina actual es mucho más dura que la vigente en la época de la dictadura militar, donde se aplicaba como condena máxima 25 años y en el Código vigente son 50, son penas perpetuas encubiertas”.

Puntualmente, cuando se le preguntó al Dr. Vitale sobre la reincidencia, dijo que “es un instituto violatorio de Derechos Humanos indiscutido, la propia Corte Interamericana ha establecido, que el derecho penal no puede juzgar a las personas por sus antecedentes, por lo que es, por características personales del individuo, sino por el hecho que en sí cometió. Hoy en día, con el anteproyecto, cometer varios delitos implicaría una mayor escala penal al momento de la condena. La reincidencia da lugar a inequidades, es un atropello a los Derechos Humanos, que no hace falta. No se puede juzgar al autor de un delito por hechos pasados ya juzgados. La pena tiene que tener relación con la gravedad del hecho y no por lo que el autor es. La reincidencia es claramente inconstitucional”, concluyó el Defensor neuquino.

Redacción: S.Lucero

Entrevista y Fotografía: J. P. Gómez

 

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