El anteproyecto de ley del nuevo Código Procesal Laboral de la Provincia de San Luis respeta el código hoy vigente, pero contempla a los expedientes digitales y propone la figura de un juez dinámico, con directo protagonismo, en un procedimiento más rápido, más expeditivo y más simple.
Uno de los objetivos principales perseguido por la comisión redactora del anteproyecto fue lograr mayor celeridad y transparencia en los procesos y evitar las constantes remisiones al Código de Procedimiento Civil y Comercial de actual aplicación supletoria, esto es, un Código de Procedimiento Laboral autosuficiente.
“Siguiendo esa línea de pensamiento, se decidió efectuar una reforma del código vigente, modernizándolo pero sin reemplazarlo por otro, adaptándolo a las nuevas necesidades imperantes en el sistema judicial interno, como la de los operadores jurídicos externos”, dice el anteproyecto.
La comisión técnica redactora del anteproyecto – creada en agosto del 2020- estuvo conformada por representantes de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, Colegios de Magistrados de Villa Mercedes y San Luis, y Colegios de Abogados de Villa Mercedes, San Luis y Concarán.
El Dr. Marcelo Lucero, secretario del Juzgado Laboral Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, quien forma parte de la referida comisión, explicó en diálogo con este medio algunos de los lineamientos más destacados del anteproyecto:
- Se introduce la audiencia de conciliación obligatoria, bajo el principio de inmediación, es decir que existirá un contacto directo del juez con las partes para lograr una mayor participación ciudadana. Los actores podrán concurrir personalmente ante el juez para plantear las situaciones y lograr conciliación o no.
- Se genera la posibilidad de que, ante situaciones complejas y de manera excepcional, el juez disponga que se celebre una audiencia especial de prueba, es decir, que todas las pruebas se produzcan en una sola audiencia.
- Se regulan distintos institutos procesales de manera íntegra, para evitar remisiones permanentes al Código de Procedimiento Civil y Comercial.
- La existencia de la posibilidad de fallos plenarios y plenos. Existen distintas interpretaciones normativas respecto del derecho sustancial y procesal y se generan diferentes fallos en las 3 circunscripciones. Cuando se produzcan estas discordancias, existirá la posibilidad de que los mismos tribunales generen fallos plenarios, para que se pongan de acuerdo. Y los plenos resuelven, en cada circunscripción el criterio de interpretación.
- Se crea un nuevo auxiliar de justicia: El contador. Auxiliará al juez en las cuestiones aritméticas de los procesos laborales con respecto a las indemnizaciones, a fines de disminuir las contiendas relacionadas a las liquidaciones. De esta manera, se agilizará el trámite.
- Se prevé la creación del Juzgado Laboral Nº 3 para la Primera y la Segunda Circunscripción, respectivamente.
- Se proyecta generar un ámbito de capacitación para operadores jurídicos internos y externos previo a la implementación de las reformas.
- Se establece un procedimiento específico para las cuestiones sindicales.
Cabe mencionar, que el referido anteproyecto, fue presentado formalmente ante el Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto el pasado miércoles, 23 de marzo, y será remitido a la Legislatura en los próximos días, para su respectivo tratamiento.
Colaboración: Dr. M. Lucero-Srio. Laboral 2 VM
Fotografía: Agencia de Noticias San Luis/Prensa Judicial VM
Prensa Judicial Villa Mercedes