REMISIÓN DE CAUSAS A MEDIACIÓN

Las que se encuadran en el envío obligatorio que ingresan a los respectivos juzgados.

En el día de hoy el Alto Cuerpo Judicial recordó a Magistrados y Secretarios de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Minas, Laboral, Familia y Menores y Paz Letrado de las Tres Circunscripciones Judiciales, que las causas de remisión obligatoria a los Centros de Mediación Judicial y Extrajudicial que correspondan, deberá realizarse en el plazo de cinco días luego de contestada la demanda, excepciones o reconvención.

Esta disposición se produjo en razón de que se ha registrado un cese en el ingreso de asuntos mediables a los Centros de Mediación Judicial y Extrajudicial, que deben ser remitidos a los mismos por los mencionados Juzgados.

Redacción: M.C. Hang

Corrección: J.N. Sanchez

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