REUNIÓN PARA ACLARAR CONCEPTOS

Se realizó en el despacho de la Dra. Cynthia Alcaraz Díaz, Juez a cargo del Concurso Preventivo de la empresa Pagoda.

Ayer, en el despacho de la Jueza del Juzgado Civil N° 3 de la Segunda Circunscripción, Dra. Cynthia Alcaraz Díaz, se desarrolló una reunión, en el marco de las causas “Textil Pagoda S.A. Concurso Preventivo”, “Tintorería Industrial Pagoda S.A. Concurso Preventivo”. La magistrada explicó que existen 6 expedientes que corresponden al Concurso Preventivo de los garantes de las firmas mencionadas. Los 8 concursados constituyen un concurso de grupo económico.

A su vez, informó que el grupo económico concursado ha obtenido un Acuerdo de Pago que es el fin del concurso, y que el mismo se encuentra Homologado.

Estuvieron presentes los delegados gremiales con sus respectivos abogados,  a los cuales se les informó cómo se está llevando a cabo el proceso. “Se están reuniendo los extremos, hay una autorización, acto comprendido en el Art. 16 del Código de Quiebra, no obstante quedan actuaciones procesales impuestas por la Ley de quiebras insoslayables por cumplir y que no se han agotado por no ser a un la etapa oportuna”, explicó la Dra. Alcaraz Díaz.

A su vez, manifestó que en el Derecho concursal rige el principio dispositivo, es decir, que todo es a instancia de partes, y si bien el Juez de concurso tiene facultades de oficio, no puede alterar las condiciones de solicitud de una venta, porque eso está abarcado por la modalidad mencionada.

Además, la Jueza sostuvo que “a los trabajadores se los ha recibido siempre, tanto por parte como por la Secretaria que lleva el expediente. Han venido hablar una vez por mes para interiorizarse del estado del expediente. Esas reuniones se han concertado de manera informal”, y agregó que “los trabajadores no tienen parte en el expediente, se los recibe en virtud de la función social que considero que tiene el juez y la importancia que tiene la empresa dentro del concurso”.

Por último, manifestó que “los jueces hablamos a través de los expedientes, de las sentencias, este ha sido un caso excepcional y así se lo ha tratado, se les ha pedido a los abogados de la concursada que mantengan un contacto más directo con los delegados de los trabajadores, para evitar cualquier tipo de tergiversación de la información”.

Redacción: F. Romero    

Compartir

Anterior

LA IMPORTANCIA DEL TRABAJO INTERDISCIPLINARIO EN LA JUSTICIA

Siguiente

ACTO DE APERTURA DEL CICLO DE POSGRADOS