ROBO EN UNA ESTANCIA DE VILLA DEL CARMEN: CUATRO AÑOS DE PRISIÓN PARA EL ACUSADO

Este martes, la jueza de la Sala Penal de la Tercera Circunscripción, Dra. Sandra Elizabeth Piguillem, condenó a Flavio Mariano Rodríguez a 4 años de prisión, accesorias legales y costas procesales, por encontrarlo penalmente responsable del delito de robo calificado por su comisión en despoblado, conforme al artículo 167, Inciso 1 del Código Penal Argentino.

El hecho juzgado ocurrió el 12 de enero de 2022, alrededor de las 22:00 horas; cuando Rodríguez ingresó al establecimiento rural junto a otro sujeto. En la morada se encontraban el dueño de la propiedad y su pareja, quienes fueron golpeados, maniatados y amenazados por los delincuentes para que les indicaran en donde tenían dinero y objetos de valor.

Tras sustraer dinero en efectivo (en moneda nacional y norteamericana), dispositivos electrónicos, herramientas, entre otros elementos; los delincuentes huyeron a bordo de la camioneta del propietario.

Minutos después, las víctimas lograron desatarse y dirigirse hacia la casa de un puestero para pedir ayuda, quien dio aviso de lo sucedido en la Comisaría de Villa del Carmen.

Desde la Unidad Regional del Orden Público N° III, se alertó a los puestos limítrofes y también a sus pares de la ciudad de Río Cuarto, por tratarse de una posible vía de escape para los autores del ilícito.

Flavio Rodríguez fue aprendido pocas horas después, luego de ser interceptado por la policía riocuartense a bordo de la camioneta sustraída.

En representación del Ministerio Público Fiscal, intervino el Dr. Mario Néstor Zudaire; mientras que la defensa del acusado fue ejercida por el Defensor Oficial en lo Penal, José Luis Guiñazú.

En su alegato de clausura, el Fiscal solicitó la pena de ocho años y seis meses de prisión para el acusado.

Por su parte, la Defensa de Rodríguez sostuvo que “No está acreditada su presencia en el lugar del hecho, y tampoco está acreditado que Flavio Mariano Rodríguez estuviera a bordo de la camioneta Amarok al momento de haber sido secuestrada y requisada”.

Atento la orfandad probatoria argumentada por la Defensa en el debate, solicitó no hacer lugar a la petición de la fiscalía y la absolución de su representado.

Cabe recordar, que el debate oral y público para definir la situación procesal del acusado comenzó el pasado 26 de marzo, oportunidad en que la fiscalía presentó la prueba documental, pericial, informativa y testimonial para probar su teoría del caso. En esa instancia, declararon los primeros nueve testigos, entre ellos, la pareja damnificada.

La etapa de producción de prueba se extendió por una jornada más, llevada a cabo el pasado 9 de abril y, este martes, el Tribunal unipersonal integrado por la Dra. Sandra Piguillem recepcionó los alegatos y emitió veredicto condenatorio, ordenando el traslado de Flavio Rodríguez al Servicio Penitenciario Provincial. 

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