ROBO Y HURTO: DIFERENCIAS Y PENAS

Aunque en ambos casos ocurre cuando alguien se apodera ilegítimamente de una cosa ajena, el robo implica la utilización de la fuerza o la violencia física para consumar el hecho. El Código Penal establece penas de hasta seis años de prisión para el delito de hurto y de hasta quince años para los casos de robo, aunque la pena puede llegar a los 25 años de prisión si con motivo u ocasión del hecho se produjera un homicidio.

Los delitos de robo y hurto suceden, ambos, cuando alguien se apodera ilegítimamente de una cosa ajena. Sin embargo, el robo implica la utilización de la fuerza o la violencia física en la apropiación ilegal de bienes ajenos.

Entonces, podríamos enumerar como ejemplos de hurto los siguientes casos: llevarse comida del supermercado sin pagarla e, incluso, entrar en una casa y apropiarse de objetos en su interior, siempre y cuando no se haya forzado ninguna puerta o ventana.

Ahora bien, si el ingreso a la vivienda para apoderarse de objetos en el interior se produjo mediante la fuerza – por ejemplo, rompiendo o forzando puertas o ventanas – estaríamos ante un caso de robo.

El Código Penal Argentino define el delito de hurto en el artículo 162 y prevé una pena de un mes a dos años de prisión para quien incurriera en esta figura. En el artículo 163 contempla penas de uno a seis  años de prisión si el hurto se cometiera en ocasión de un incendio, explosión, inundación, naufragio, accidente de ferrocarril, asonada o motín o aprovechando las facilidades provenientes de cualquier otro desastre o conmoción pública o de un infortunio particular del damnificado; cuando se hiciere uso de ganzúa, llave falsa u otro instrumento semejante o de llave verdadera que hubiere sido substraída, hallada o retenida; cuando se perpetrare con escalamiento; cuando el hurto fuese de mercaderías u otras cosas muebles transportadas por cualquier medio y se cometiere entre el momento de su carga y el de su destino o entrega, o durante las escalas que se realizaren o cuando fuere de vehículos dejados en la vía pública o en lugares de acceso público. 

Para los casos de robo, el Código Penal Argentino establece penas que van desde un mes a quince años de prisión.  Si con motivo u ocasión del robo resultare un homicidio, la pena puede alcanzar los 25 años de prisión (Art. 165).

“Será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que se apoderare ilegítimamente de una cosa mueble, total o parcialmente ajena, con fuerza en las cosas o con violencia física en las personas, sea que la violencia tenga lugar antes del robo para facilitarlo, en el acto de cometerlo o después de cometido para procurar su impunidad”, define el Código Penal en su artículo 164.

Si por las violencias ejercidas para realizar el robo, se causare alguna de las lesiones previstas en los artículos 90 y 91 o si se cometiere con armas, o en despoblado y en banda; la pena prevista es de cinco a quince años de prisión. Asimismo, el Código contempla el aumento de las penas si el arma utilizada fuera de fuego o si se cometiere el robo con un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudiera tenerse de ningún modo por acreditada, o con un arma de utilería.

Por otra parte, el artículo 167 del Código Penal establece penas tres a diez años de prisión si se cometiere el robo en despoblado; en lugares poblados y en banda; con perforación o fractura de pared, cerco, techo o piso, puerta o ventana de un lugar habitado o sus dependencias inmediatas; o si concurriera alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 163 del mismo código.

Para ambos delitos, hurto o robo, el Código Penal Argentino contempla el aumento de la pena cuando quien ejecutare el ilícito fuere miembro integrante de las fuerzas de seguridad, policiales o del servicio penitenciario.

 

Fuente:  http://servicios.infoleg.gob.ar/

Redacción: R. Zitta

Corrección: Dr. Héctor Alfredo Lazzari 

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