¿SABE UD QUE LAS VÍCTIMAS DE DELITOS TIENEN DERECHOS? AQUÍ LE INFORMAMOS CUÁLES SON

Se trata de una normativa que tiene como objeto promover y garantizar el derecho de acceso a la justicia de quien ha sido víctima de delitos y de violaciones de derechos humanos.

La Ley N° 23732 de derechos y garantías de las personas víctimas de delitos, se sancionó en el 2017 y considera a las víctimas como todas aquellas personas afectadas directamente por un delito y a los familiares o personas con vínculo directo de los individuos que hayan sido víctimas de delitos, en los casos en que hubiere resultado su muerte o quedaren incapacitados para hacer valer sus derechos.

Cuando una persona víctima de delito vaya a realizar una denuncia en los organismos competentes, la autoridad deberá asesorarla acerca de los derechos que le asisten y de los medios con los que cuenta para hacerlos valer, informarle quienes intervendrán en su caso y también brindarle información acerca de los centros de asistencia.

 

Esta norma tiene como objetivo:

  • Reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos.
  • Garantizar el derecho al asesoramiento, asistencia, representación, protección, verdad, acceso a la justicia, tratamiento justo, reparación y celeridad.
  • Establecer y coordinar acciones y medidas necesarias para promover, hacer respetar, proteger, garantizar y permitir el ejercicio efectivo de los derechos de las víctimas.
  • Implementar los mecanismos para que todas las autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias, cumplan con sus obligaciones de prevenir, investigar, sancionar delitos y lograr la reparación de los derechos conculcados (infringidos).

 

 

Además, la ley dispone que se deben determinar protocolos y recomendaciones sobre los deberes de los organismos que intervengan en los procedimientos relacionados con las víctimas de delitos.

 

Por otro lado, las actuaciones de  autoridades y de los diferentes organismos deben regirse por ciertos principios que consisten en: intervenciones rápidas (medidas de ayuda, asistencia, protección, y si se trata de necesidades urgentes deben ser satisfechas de inmediato); enfoque diferencial (las intervenciones se adoptarán teniendo en cuenta el grado de vulnerabilidad, edad, género, preferencia u orientación sexual, etnia, condición de discapacidad, etc; no revictimización (la víctima no será tratada como responsable del hecho y las molestias que le ocasione el proceso penal se limitaran a las imprescindibles).

 

El capítulo III de la Ley especifica cuáles son los  derechos de las víctimas de delitos, aquí le mencionamos algunos:

a) A que se le reciba de inmediato la denuncia del delito que la afecta;

b) A recibir un trato digno y respetuoso y que sean mínimas las molestias derivadas del procedimiento;

c) A que se respete su intimidad en la medida que no obstruya la investigación;

d) A requerir medidas de protección para su seguridad, la de sus familiares y la de los testigos que declaren en su interés, a través de los órganos competentes;

e) A ser asistida en forma especializada con el objeto de propender a su recuperación psíquica, física y social, durante el tiempo que indiquen los profesionales intervinientes;

f) A ser informada sobre sus derechos cuando realice la denuncia o en su primera intervención en el procedimiento;

g) A aportar información y pruebas durante la investigación;

h) A que le sean reintegrados los bienes sustraídos con la mayor urgencia;

 

 

La secretaria del Juzgado de Familia Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, Dra. Aldana Manceñido en diálogo con este medio mencionó que algunos de los organismos que trabajan de manera articulada con el Poder Judicial para garantizar los derechos a las víctimas de delitos son:   

 

  • La Secretaría de la Mujer, Diversidad e Igualdad, “Terrazas del Portezuelo” Autopista Serranías Puntanas – Km 783. Edificio Proyección al Futuro, Bloque II, Piso 1º, San Luis. Teléfono: 266 445 2000 (int.3640) mujerdiversidadeigualdadsl@gmail.com

 

 

  • Secretaria de la Mujer VM Municipalidad, Pedernera Nº123, Teléfono: 2657 427044 (2657-304409). secmujervm@gmail.com

 

  • Centro de Atención a la Victima del Delito, Ayacucho Nº945, 6º   Piso, San Luis. Teléfono:266 4452000 (int. 1115).

 

Para mayor información sobre la LEY DE DERECHOS Y GARANTÍAS DE LAS PERSONAS VÍCTIMAS DE DELITOS ingresar al siguiente enlace: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/275000-279999/276819/norma.htm

Redacción: D.Zambrano

Corrección: G.Campana

Revisión: Dra. A. Manceñido, Secretaria del Juzgado de Familia Nº 2 Segunda Circunscripción Judicial

Fuente: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/275000-279999/276819/norma.htm

http://www.bibliotecadigital.gob.ar/items/show/2169

 

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