SAN MARTÍN: POR ACUERDO DE LAS PARTES, SE EXTINGUIÓ LA ACCIÓN PENAL EN CAUSA POR ACCIDENTE DE TRÁNSITO

Este miércoles, en el Juzgado de Garantía N°2 de la Tercera Circunscripción Judicial, se llevó a cabo una audiencia de aplicación de criterio de oportunidad, en el marco de una causa por abandono de persona y lesiones culposas agravadas en accidente de tránsito.

El hecho ocurrió a fines de noviembre de 2021, en el ingreso a la localidad de San Martín, cuando un motociclista fue embestido por un automóvil, provocándole severas lesiones.

Conforme a las constancias de la causa, el Juzgado de Instrucción Penal a cargo de la Dra. Patricia Besso, resolvió instruir sumario judicial en contra del conductor del vehículo.

Al momento de la indagatoria, y en virtud de las disposiciones del nuevo Código Procesal Penal de la provincia, el imputado optó por continuar la tramitación del expediente bajo el nuevo sistema penal.

Tiempo después, se presentó ante la defensoría junto con la parte damnificada, para poner en conocimiento que habían llegado a un acuerdo de conciliación por los daños y perjuicios ocasionados a raíz del accidente.

A fin de resarcir los daños, el imputado ofreció un motovehículo 0km de similares características al siniestrado, y la suma de $160.000 a pagar en cuatro cuotas mensuales consecutivas.

La parte damnificada aceptó el ofrecimiento y manifestó que, una vez efectivizada la entrega del rodado y el total de la suma convenida, no reclamaría por ningún otro concepto derivado del siniestro, prestando conformidad para instar la extinción de la acción penal.

El Defensor Oficial, Dr. José Luis Guiñazú, presentó el acuerdo conciliatorio ante la Fiscalía, argumentando en su escrito que, entre las atribuciones que el nuevo Código Procesal le confiere al Ministerio Público Fiscal, se encuentra la aplicación de criterios de oportunidad, “instituto mediante el cual se faculta al órgano encargado de la persecución penal a suspender o abandonar el ejercicio de la acción en los casos expresamente establecidos en dicho cuerpo normativo, específicamente en su artículo 93. El mencionado artículo, en su inciso e), autoriza a realizarlo cuando exista conciliación entre las partes”, indicó el defensor, solicitando la aplicación del mismo.

En la audiencia celebrada este 31 de mayo ante el Juez de Garantía, Dr. Jorge Osvaldo Pinto, estuvieron presentes: la Defensora Adjunta Interina, Dra. Mirtha Gabriela Moreno; la Fiscal Adjunta Interina, Dra. Silvina Ayelén Argüello; el imputado y la parte damnificada.

Luego de que la defensora presentara el acuerdo de conciliación y acreditara su cumplimiento; la fiscal adjunta solicitó la homologación del mismo y la extinción de la acción penal.

Tras escuchar a las partes, el magistrado resolvió hacer lugar al acuerdo, declarar extinguida la acción penal por aplicación de criterio de oportunidad y, en consecuencia, dictar el sobreseimiento definitivo a favor del imputado respecto de los hechos investigados.

Prensa Judicial 3° Circunscripción

Fuente: Dra. Silvina Ayelén Argüello, Fiscal Adjunta Interina de la Tercera Circunscripción Judicial

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