SAN MARTÍN: SUSPENSIÓN DE JUICIO A PRUEBA EN CAUSA DE LESIONES GRAVES CON ARMA BLANCA

La víctima aceptó la reparación económica ofrecida por la imputada quien, además, deberá realizar tareas comunitarias por el plazo de un año y medio para mantener la suspensión condicional del proceso.

El jueves 9 de noviembre, en el Juzgado de Garantía N°1 de la Tercera Circunscripción, se llevó a cabo una audiencia de suspensión de juicio a prueba en el marco de una causa por lesiones graves con arma blanca.

El hecho ocurrió el 5 de febrero de 2023 alrededor de las 6 de la mañana, a la salida de un local bailable de la localidad de San Martín. En medio de un enfrentamiento en el que participaron varias personas, una joven recibió una puñalada por la espalda con un cuchillo tipo carnicero. De acuerdo a constancias de la causa, la autora de la lesión fue C.P.G., de 27 años, con quien la víctima y su familia tuvieron altercados anteriores.

La Fiscalía realizó la acusación y, al correrle traslado a la defensa, ejercida por el Dr. Orlando Villegas, el letrado interpuso la solicitud de suspensión de juicio a prueba en favor de su defendida.

Para obtener el beneficio, su clienta ofreció una suma económica y la realización de tareas comunitarias en un organismo público.

La Fiscal Débora Antonella Roy Gitto, prestó conformidad a la petición de la contraparte, bajo la condición de que tanto la imputada como su grupo familiar se comprometan a cesar con las conductas de hostigamiento hacia la víctima y su familia.

Asimismo, manifestó que la damnificada no estaba de acuerdo con la suma ofrecida, y que solicitaba un monto de 400 mil pesos en carácter de reparación económica.

La imputada aceptó abonar la nueva suma, a pagar en cuatro cuotas.

Atendiendo que las pretensiones de la víctima estaban cubiertas en su totalidad, el magistrado resolvió hacer lugar al pedido de suspensión de juicio a prueba por el término de un año y seis meses. En dicho plazo, la imputada deberá efectuar tres horas semanales de tareas comunitarias en el municipio local.

Asimismo, fijó la suma de 400 mil pesos en concepto de reparación del daño, que deberán ser abonados en cuatro cuotas mensuales y consecutivas de 100 mil pesos.

Finalmente, dispuso la elevación de la causa al Juzgado de Ejecución de la Tercera Circunscripción Judicial, a efectos de que controle el cumplimiento de lo convenido por las partes.

Si la imputada cumple con las pautas de conducta impuestas, la acción penal se extinguirá una vez vencido el plazo de suspensión del proceso, es decir, dentro de un año y medio. Caso contrario, se le revocará el beneficio y la causa será elevada a juicio.

Prensa Judicial 3° Circunscripción

Fuente: Ministerio Público Fiscal/Juzgado de Garantía N°1 de la Tercera Circunscripción Judicial

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