SE EXTINGUIÓ UNA CAUSA POR HURTO TRAS REPARACIÓN DEL DAÑO A LA VÍCTIMA

En una audiencia que se celebró hoy por la mañana, el juez declaró la extinción de la acción penal y sobreseyó a Fabián Ezequiel Maranguez del delito de hurto calificado. La víctima aceptó una reparación económica.

Un hecho delictivo que se registró a fines de marzo pasado en Villa Mercedes se resolvió hoy por la mañana en una audiencia, en la que la víctima aceptó el acuerdo de reparación arribado con el imputado.

El hecho investigado ocurrió el 27 de marzo en el barrio La Ribera. A Fabián Ezequiel Maranguez se lo imputó originalmente por el delito de hurto calificado tras ingresar a una vivienda y apoderarse de pertenencias de un vecino, quien aceptó firmar un acuerdo de reparación integral del perjuicio, con el cual Maranguez se comprometió a pagar una suma de dinero por el daño causado.

El Dr. Santiago Ortiz, Juez de Garantía Nº 4 de la Segunda Circunscripción Judicial, resolvió declarar extinguida la acción penal por reparación integral del perjuicio – en los términos del art. 59 inc. C del Código Penal Argentino – respecto del delito de hurto calificado y en consecuencia, ordenó sobreseer a Maranguez.

En la audiencia que se celebró hoy, el juez escuchó a las partes. En primer lugar, la víctima ratificó el acuerdo presentado y aseguró que el mismo se firmó sin que fuera coaccionado ni violentado. “Me motiva firmarlo porque somos vecinos y yo quería colaborar desde ese lugar”, dijo.

A continuación, el Fiscal de Instrucción Nº 3 de la Segunda Circunscripción Judicial, Dr. José Olguín, manifestó: “Habiendo escuchado al particular damnificado, creo que el daño era menor, la reparación es justa, por lo que esta fiscalía solicita la extinción de la acción penal atendiendo a la finalidad misma del proceso, en el cual además de la re sociabilización que debe importar respecto al detenido, también debe tenerse en cuenta la situación de aquel que ha sido víctima”.

Seguidamente, el Dr. Valentín Rivadera, abogado defensor de Fabián Ezequiel Maranguez, mencionó que el acuerdo arribado entre las partes ofrece la posibilidad de solucionar el conflicto, más allá de imponer una sanción.

Luego, el abogado del particular damnificado, Dr. Jorge Vinuesa, llamó a Maranguez “amable y respetuosamente a la reflexión”. Le pidió que observara el esfuerzo desplegado por el magistrado, funcionarios, agentes judiciales, efectivos de la policía para contener su situación.

Finalmente, tuvo la palabra Maranguez, quien pidió disculpas y escuchó al Dr. Santiago Ortiz quien también lo llamó a la reflexión: “Usted debe entender que su vecino, la sociedad, la justicia en su conjunto, le están dando una oportunidad para que la situación cambie.”

Luego de escuchar a todas las partes y con el acuerdo firmado por las partes y ratificado en la audiencia, el juez declaró extinguida la acción penal, sobreseyó a Fabián Ezequiel Maranguez por el delito de hurto calificado en relación al hecho registrado el pasado 27 de marzo  y ordenó su inmediata libertad.

 

Prensa Judicial Villa Mercedes

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