SEGUNDO PANEL EN EL CONGRESO PROCESAL LABORAL

Estuvo a cargo de magistrados de Poderes Judiciales de provincias Argentinas.

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En el marco del Congreso Internacional de Derecho Procesal Laboral que se está desarrollando en Potrero de los Funes, hace instantes, se llevó a cabo el segundo panel a cargo de los Dres. Nicolás Vitantonio –Santa Fe-, Luis Enrique Rubio –Córdoba- y María Eugenia Bona –San Luis-.

En el inicio del panel, el Dr. Nicolás Vitantonio -Juez de Cámara de Apelaciones del Trabajo de la ciudad de Rosario, Santa Fe- expuso sobre los procesos urgentes, los cuales tienen perfiles propios como: la prevalencia en el trámite del principio de la celeridad procesal; reducir al mínimo la cognición y postergar la bilateralidad; otorgar tutela rápida y eficaz a los derechos a los ciudadanos.

En cuanto a la consecuencia de las demoras, el Camarista santafesino expresó que “se debe tratar de dar respuesta rápida y solución jurisdiccional urgente a situaciones de hecho que no admiten demora por la irreparabilidad del perjuicio”.

“Cuando la propia Corte Federal nos está abriendo el camino, muchas veces nosotros queremos ser mas conservadores y transitamos el camino de lo arcaico. En nuestra provincia tenemos un atascamiento doctrinario y judicial, un reiterado análisis de lo sustancial, antigüedad de todos los códigos y remisión al C.P.C. Dispositivo”, agregó el Dr. Vitantonio.

En relación a la reforma del Código Procesal el jurista expresó que “nosotros queremos arreglar los problemas actuales con estructuras procesales que hoy ya no existen”.

“Dentro de los procesos urgentes como géneros, tenemos la sentencia o tutela anticipada, las medidas autosatisfactivas y los procesos de estructura monitoria. Las medidas autosatisfactorias, son el requerimiento urgente formulado al órgano jurisdiccional que se agota con su despacho favorable, por la fuerte probabilidad de que lo pretendido sea atendible”, explicó.

En referencia a los supuestos de procedencia sostuvo que son “el despido directo sin invocación de causa o que la invocada viole de modo evidente la carga de suficiente claridad; el despido indirecto que por falta de pago de haberes, previamente intimados; el despido directo justificado en fuerza mayor y en las demandas por reinstalación prevista en la Ley de Asociaciones Profesionales”.

Por último, el Juez manifestó que “es necesario un cambio de paradigma para continuar realizando reformas”.

Luego, el Dr. Luis Enrique Rubio –Vocal del Tribunal Superior de Córdoba- expresó que comparte con el Dr. Vitantonio que “no salimos del atraso”. “Mas allá de las provincias que tienen organizado su Superior Tribunal y la estructura de los distintos fueros que hacen a las particularidades de cada una, todas caen en un litigio antiguo”, sostuvo.

En cuanto al proceso de la judicialización de la vida social, el Vocal cordobés manifestó que “recuerdo haberme encontrado una vez con un magistrado de la Corte de Colombia, me dijo que les faltaba que se declare inconstitucional los mandamientos de la ley de Dios, a modo de broma”.

El Dr. Rubio aclaró que en su provincia hay una estructura judicial y en materia laboral que es muy importante porque tienen un seguimiento señorial. “La tradición del procedimiento oral en Córdoba, se impuso primero en materia penal, superando el sistema inquisitivo. En nuestra provincia, el fuero de trabajo esta compuesto por jueces de conciliación”, agregó.

“El crecimiento de la actividad judicial desde el año 2006 hasta la actualidad, es sorprendente. Con el proceso de judicialización de la vida social y el crecimiento de la litigiosidad no ha dado el resultado esperado con la celeridad judicial”, aseveró el Dr. Rubio.

Creo que debemos pegar un salto cualitativo importante porque esta forma de litigar no va más”, finalizó el Vocal del TSJ de Córdoba.

A continuación, la Dra. María Eugenia Bona –Juez del Juzgado Laboral Nº 2 de San Luis-, inició su disertación contando una vivencia con un grupo de trabajadores de colectivos, el cual se pudo resolver a través del diálogo.

Luego aclaró 2 artículos en el marco constitucional provincial, Artículo 59 y el 210, respecto a las actuaciones ante la justicia laboral para el trabajador. “Todo juez laboral que tiene que pensar en la trascendencia de su decisión, ya que detrás de cada trabajador hay una familia”, enfatizó la Dra. Bona.

Asimismo, compartió con el resto de los disertantes que “se necesita cambiar y actualizarse, teniendo en cuenta el momento que se esta viviendo”.

Luego, en relación al marco procesal la Jueza expuso que “en San Luis, con la notificación electrónica notamos un importante cambio, en este momento los plazos del juicio se han acortado”, y concluyó “si la reforma es para mejorar, bienvenida sea”.

Redacción: J.N.Sanchez

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