SUPERINTENDENCIA DE LOS PRESIDENTES DE CÁMARA

A los fines de coadyuvar con esta función, el Superior Tribunal estableció un protocolo indicativo.

El Superior Tribunal de Justicia, dispuso mediante Acuerdo Nº 445/15, un protocolo indicativo para coadyuvar al ejercicio de superintendencia que compete a los Presidentes de Cámara, en razón de su fuero y jurisdicción, conforme el Art. 54 de la Ley Orgánica de Administración de Justicia.

Dicha disposición se funda en la responsabilidad primaria, que conforma una obligación ineludible y que posee como principal objetivo contribuir al mejoramiento del servicio de justicia, a partir de propiciar una mayor celeridad y eficiencia en el ejercicio de la función jurisdiccional. Asimismo dicha disposición contribuirá a la formulación de normas reglamentarias sobre prácticas judiciales y usos forenses así como de políticas internas.

Para conocer el texto completo de la disposición haga click AQUÍ.

Redacción: M.C.Hang

Corrección: S. Lucero

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