Fue lo que resaltó el Dr. Eduardo Brandi, en su disertación sobre “Procedimientos Especiales y Legislación VI- Gente en la RCA Argentina”.
En el marco de las Jornadas preparatorias al V Congreso Latinoamericano de Niñez, Adolescencia y Familia y el III Congreso Cubano Caribeño de Salud Integral en la Adolescencia, tuvo lugar la conferencia a cargo del Dr. Eduardo Brandi -Juez de Cámara en lo Penal de Menores de la provincia de Mendoza- sobre “Procedimientos Especiales y Legislación VI – Gente en la RCA Argentina”.
El Profesor en Derecho Penal, abordó y trató la existencia de una serie de principios que hacen al derecho penal y procesal penal juvenil para América Latina, es decir, una serie de principios comunes para tener en cuenta y que se puedan reflejar en las legislaciones internas de los distintos países.
“En general hay una tendencia de los países latinoamericanos a adaptar sus legislaciones, sus leyes internas, a estos estándares internacionales que responden a una serie de pactos internacionales que terminan adheridos a la Reforma de la Constitución de 1994”, afirmó el Dr. Brandi.
El objetivo de la conferencia fue concentrarse en cuáles son estos principios fundamentales que hoy por hoy, de acuerdo a las recomendaciones que se hacen desde la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Interamericana también, es recomendable adherir, como ocurrió en la República Argentina en donde el proyecto sobre la legislación penal juvenil, obtuvo media sanción pero después perdió estado parlamentario. Sin embargo, “quedó dando vueltas y nosotros nos seguimos manejando con una Ley que no recepta debidamente estos estándares, como por ejemplo, limitación de las penas, los lugares de alojamiento, entre otros”, explicó a la audiencia el Juez de Cámara en lo Penal de Menores de la provincia de Mendoza.
Finalmente, dijo que hay una tendencia a que estos principios comunes se apliquen por decisiones judiciales pero no se reflejan en la reforma de la legislación. “Hay que difundir los principios y proponer esta reforma en base a estos principios y que se reflejen en la legislación de cada país en especial el nuestro”, fundamentó.
El Dr. Eduardo Brandi -Miembro de la Comisión Directiva de la ALAMFPyONAF- afirmó que es fundamental trasmitir estas ideas, en la medida en que las provincias, al tener a cargo la tarea de modificar sus normas procesales, tendrán que mirar hacia esos estándares internacionales a los efectos de acomodar las normas que dicten. “Tengo entendido que acá en la provincia de San Luis aparentemente no habría proyectos en este momento que adhieran al código de procedimiento penal, pero evidentemente hay una evolución en la dirección de crear normas legales a los efectos que se regule el tema procesal en materia juvenil”, manifestó.
“Estos vacíos que se mencionaron, son llenados con las interpretaciones de los Jueces, pero hace falta que tanto la Nación como las Provincias adecúen su legislación, porque un chico de 16 años no puede recibir el trato de una persona mayor de edad”, finalizó el disertante.