TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN: ACCIONES CONJUNTAS PARA GARANTIZAR EL DERECHO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES A VIVIR EN FAMILIA

El jueves 16 de febrero, funcionarias de la Defensoría de Niñez, Adolescencia e Incapaces de la Tercera Circunscripción Judicial; mantuvieron una reunión de trabajo con integrantes del Programa: “Promoción y Protección de Derechos de Niños, Niñas, Adolescentes, Familia y Adultos Mayores”, Área Villa de Merlo, perteneciente al Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de San Luis.

De la misma participaron: la Defensora Titular de Niñez, Adolescencia e Incapaces de la Tercera Circunscripción, Dra. Gabriela L´Huillier; la Defensora Adjunta, Dra. María Luz Vílchez; el Lic. Pablo González y la Lic. Fátima del Pino.

El objetivo del encuentro, fue definir acciones conjuntas para dirimir aquellos casos en los cuales se encuentran involucrados niños, niñas y adolescentes (NNyA) incorporados en el Sistema de Familia Solidaria.

“Tenemos causas, especialmente de adolescentes en situación de vulnerabilidad, que ingresaron a Familia Solidaria por conflictos con su familia de origen. Teniendo en cuenta que la ley de Familia Solidaria prevé que el plazo para que estos niños, niñas o adolescentes estén con una familia transitoria, es de seis meses, prorrogables por seis meses más -siempre y cuando haya una resolución fundada que así lo amerite-; es necesario que, culminado ese plazo, se resuelva la situación judicial”, explicó la Dra. L´Huillier.

En ese sentido, la defensora comentó que el eje de la reunión fue centrarse en los casos urgentes, cuyo plazo se encuentra próximo a vencer, y describió la modalidad de trabajo implementada con el mencionado Programa:

Cuando tomamos conocimiento de un caso en el que un niño, niña o adolescente está en situación de vulnerabilidad, no pudiendo permanecer con su familia de origen porque está siendo víctima de maltrato, o no recibe los cuidados necesarios, o se encuentra en situación de abandono, o de alguna manera corre riesgo su integridad psicofísica; el Juzgado de Familia, conjuntamente con la Defensoría, intervienen para adoptar medidas en su resguardo.

En esos casos, solicitamos la intervención del Programa Familia Solidaria para que trabajen con la familia de ese niño, niña o adolescente, ya que ellos cuentan con un área especializada en niñez y adolescencia, y también con un área de fortalecimiento familiar, anteriormente llamada: “Escuela para Padres”, que brinda herramientas a esos progenitores, a esas familias, para fomentar, promover y fortalecer el ejercicio del rol filial y que el NNyA permanezca con la familia de origen o, en su defecto, familia extensa o ampliada.

Si ese abordaje no resultó fructífero y, como medida excepcional, se sugiere que el NNyA sea incorporado a una Familia Solidaria; el Programa remite informe al juzgado, y el juzgado corre vista del mismo a la Defensoría.

Si se considera que ese niño, niña o adolescente no puede continuar en el seno familiar, por implicar un riesgo para su integridad psicofísica, se procede a su incorporación en Familia Solidaria. No obstante, se continúa trabajando con la familia de origen o extensa, para que, una vez concluido el plazo previsto por la legislación -o antes- pueda revincularse a su familia.

Si luego de todo ese proceso, se determina que no es factible la revinculación al seno familiar, porque no hay familia extensa o referente afectivo que pueda ejercer su cuidado, se dispone, como última ratio, la declaración de estado de adoptabilidad. Pero, lo primordial, es abordar y trabajar la problemática familiar, brindando herramientas para fortalecer la misma, con el fin de que el niño, niña o adolescente pueda regresar a su familia de origen”, enfatizó la funcionaria.

Finalmente, la Defensora destacó la importancia del abordaje interinstitucional para el tratamiento de estos casos, y el compromiso manifestado por ambos organismos para garantizar el derecho de NNyA a tener un hogar y vivir en familia.

Prensa Judicial 3° Circunscripción

Fuente: Dra. Gabriela L´Huillier, Defensora de Niñez, Adolescencia e Incapaces de la Tercera Circunscripción

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