
El martes 5 de abril, se llevó a cabo la primera audiencia de control de acusación de la Tercera Circunscripción Judicial, para elevar a juicio una causa por hurto calificado.
El hecho tuvo lugar el pasado 24 de febrero, en un taller mecánico de la Villa de Merlo, del cual se sustrajeron diversos elementos de valor.
El Fiscal que instruye la causa, Dr. Leonardo Navarini, explicó que el requerimiento de apertura a juicio está legislado en el artículo 166 del nuevo Código Procesal Penal de la Provincia de San Luis (CPP), en el que se determinan los requisitos que debe presentar el fiscal en la acusación.
Ese requerimiento se realiza por escrito ante el juez de garantía correspondiente y se comunica a la víctima, al querellante (si lo hubiera) y a la defensa, para que puedan efectuar las presentaciones pertinentes en el término de 5 días.
Posteriormente, se realiza la audiencia de control de acusación, prevista en el artículo 169 del CPP; en la que, básicamente, se discute la prueba que se va a producir durante la etapa del juicio, y se corrigen los vicios formales que pueda contener la acusación.
PLENARIO
La audiencia de control de acusación celebrada en el día de ayer, se llevó a cabo en el Juzgado Multifuero con asiento en Santa Rosa, en presencia del Juez de Garantía N°2 de la Tercera Circunscripción, Dr. Jorge Osvaldo Pinto; el Fiscal de Instrucción, Dr. Leonardo Navarini; y el Defensor Oficial, Dr. José Francisco Pérez.
Tal como lo determina la norma, el Fiscal explicó el hecho que se le atribuye al imputado (cuyas iniciales son A.M.N.C.); ofreció la prueba que consideró pertinente para probarlo; y determinó la calificación legal como: hurto calificado por escalamiento (tipificado en el artículo 162, en relación al artículo 163, inciso cuarto del Código Penal Argentino).
Como circunstancias agravantes, consideró los antecedentes penales condenatorios del imputado.
Por lo expuesto, solicitó una pretensión punitiva provisoria de 3 años de prisión efectiva.
Tal pretensión, es requerida para determinar la integración del tribunal que actuará en el juicio. Éste será unipersonal en las causas con delitos cuya pena de prisión no exceda los 6 años; o colegiado (3 jueces) si se trata de delitos cuya pena máxima es superior a los 6 años de prisión.
Luego de escuchar los argumentos de las partes, el juez resolvió elevar la causa a juicio.
En el plazo de ley, se establecerá la integración del tribunal y la fecha de realización del debate oral.
Prensa Judicial 3° Circunscripción
Fuente y revisión: Dr. Leonardo Navarini, Fiscal de Instrucción N°2 de la Tercera Circunscripción Judicial
Foto: archivo