TRABAJO CONJUNTO PARA UNA MAYOR CELERIDAD EN EL ABORDAJE PENAL DE CAUSAS DE VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO

El pasado 27 de junio, el Fiscal de Instrucción N°2, Dr. Leonardo Navarini, junto con el Dr. Mathías Guerrero, de la Unidad de Abordaje Fiscal de la Tercera Circunscripción; se reunieron con la Coordinadora provincial del Cuerpo Auxiliar Interdisciplinario, Lic. Miriam Bottino, y con las profesionales que integran dicho equipo en el referido distrito judicial, Lics. Geraldine Martínez y Miriam Flores.

El objetivo del encuentro, desarrollado en el Juzgado Multifuero con sede en Santa Rosa, fue hablar sobre las competencias del Cuerpo Interdisciplinario al momento de la evaluación de riesgo en causas de violencia familiar y de género en las que interviene la Fiscalía.

MAYOR CELERIDAD EN LAS INTERVENCIONES

“Lo que tratamos fue, más que nada, el tema de la competencia de ese equipo, en qué causas interviene, porque con la modificación del Código Procesal Penal provincial y la modificación del organigrama del Ministerio Público Fiscal, ese Cuerpo Interdisciplinario ha pasado a formar parte del Ministerio Fiscal”, indicó el Dr. Navarini.

En ese sentido, remarcó la importancia que tiene la inmediatez cuando se produce una situación de violencia familiar o de género, y la necesidad que tiene la Fiscalía de comunicarse rápidamente con el Cuerpo Interdisciplinario cuando se recibe la denuncia, para que se pueda realizar la evaluación de riesgo y, en función de ella, solicitar las medidas tutelares necesarias para proteger la integridad psicofísica de la víctima y evitar que el delito siga produciendo consecuencias o las consecuencias se agraven.

“En la reunión, hablamos de la celeridad que deben tener estas evaluaciones, ya que muchas de las medidas que tenemos que dictar requieren autorización judicial, porque estaríamos comprometiendo garantías constitucionales. Por ejemplo, si nosotros consideramos, a partir de la evaluación realizada por el Cuerpo Interdisciplinario, que es necesaria una exclusión del hogar o una restricción de acercamiento, estamos vulnerando una garantía constitucional de la persona denunciada.

Y cuando hay una situación de violencia, las primeras horas son críticas. Cuando la persona se entera de que ha sido denunciada, su ánimo se puede exacerbar, y lo que tenemos que evitar es que las consecuencias sean más graves”, sostuvo el Fiscal.

Con la finalidad de evitar burocracias y acortar los tiempos para la adopción de medidas urgentes, el Dr. Navarini comentó que acordaron con las integrantes del Cuerpo Interdisciplinario que, una vez recibida la denuncia, coordinarán directamente con el equipo, sin necesidad de librar oficio, para que la persona en situación de violencia sea evaluada lo antes posible. También, debido a las distancias que algunas personas deben recorrer para acudir hasta tribunales, convinieron que algunas entrevistas de riesgo puedan realizarse por videoconferencia, para evitar la demora en el traslado, que limita la inmediatez que se requiere en esos casos.

“Es decir, que la evaluación de Riesgo se realizará de forma inmediata, y necesitamos también la celeridad de los juzgados de garantía para que nos otorguen la medida, a fin de lograr que la tutela judicial sea efectiva en favor de la víctima, y no tener esa ventana de 12, 24 o 36 horas en la concesión de la medida. Eso es algo que los dos Fiscales de la Tercera Circunscripción, es decir, el Dr. Leloutre y yo, vamos a tener que coordinar con los jueces de garantía para ver la manera de que esto sea lo más expeditivo posible”. remarcó.

COMPETENCIA DE LA FISCALÍA EN LAS CAUSAS DE VIOLENCIA FAMILIAR Y/O DE GÉNERO

Un punto importante que aclaró el Dr. Navarini, es que los fiscales de instrucción siempre intervienen en las causas penales. “Donde no haya una cuestión penal que se tenga que investigar, la causa de violencia familiar tramitará ante el Juzgado de Familia, que es el que tiene competencia en esas cuestiones. Ellos adoptarán las medidas en esos casos, con intervención del Cuerpo Interdisciplinario, pero ya sería a pedido de los Juzgados de Familia, no de los Fiscales.

Para que una causa por violencia familiar o de género sea considerada penal, el autor del hecho tiene que incurrir en una de las figuras tipificadas en el Código Penal. Generalmente, las figuras que encuadran en hechos de violencia de género o de violencia familiar dentro del Código Penal, son: las lesiones, las amenazas y, en casos lamentablemente mucho más graves, las tentativas de homicidio u homicidios.

En caso de que nosotros recibamos la denuncia, y veamos que no se encuentran elementos que configuren un delito, la derivaremos al juzgado de familia. Igualmente, cuando por familia ingresa una denuncia que tiene contenido penal, familia solicita las medidas urgentes, y nos remite una compulsa para que nosotros investiguemos lo que es el delito propiamente dicho”, puntualizó el Dr. Navarini.

VÍAS DE DENUNCIA

En cuanto a los canales para efectuar denuncias por violencia familiar o de género, el Fiscal recordó que las mismas pueden radicarse de manera presencial ante la Unidad de Abordaje Fiscal, a través de la página Web “Mi Denuncia”; en las Comisarías (en virtud del artículo 101 del Código Procesal Penal, la policía tiene la obligación de recibir la denuncia); e incluso, se puede denunciar vía mail, al correo institucional de la Unidad de Abordaje.

SOBRE EL CUERPO AUXILIAR INTERDISCIPLINARIO

Para conocer más detalles sobre las competencias del Cuerpo Auxiliar Interdisciplinario, la Unidad de Prensa Judicial dialogó con la Coordinadora provincial, Lic. Miriam Bottino.

Aquí se transcriben los pasajes más destacados de la entrevista:

“Desde la implementación del Código Procesal Penal de la provincia, en febrero de este año, y de las nuevas Unidades que funcionan en las fiscalías, yo coordino a nivel provincial lo que antes se denominaba el “Departamento Interdisciplinario de Riesgo”, que nace enlazado con la Oficina de Recepción de Denuncias.

La Oficina de Denuncias evoluciona y se transforma, se amplía a la Unidad de Abordaje Fiscal, nosotros nos transformamos en Cuerpo Auxiliar Interdisciplinario, y nos dedicamos a las evaluaciones de riesgo de violencia.

En cada Circunscripción, con nuestros equipos, con las Unidades Fiscales de Abordaje y de Gestión, más los Juzgados de Familia, que desde el año pasado tienen su propio Código, vamos ajustándonos a los nuevos circuitos, a aquellas variaciones que se produjeron en el trámite de las causas, sobre todo en el inicio, que es en la etapa en la que nosotros tenemos intervención”.

FUNCIONES Y COMPETENCIAS

“La naturaleza de nuestra evaluación técnica está destinada, específicamente, a orientar técnicamente las medidas de protección que se implementen. La medición de riesgo, implica brindarle herramientas al Juez o al Fiscal, para que se pueda generar una estrategia de protección hacia la víctima. Esa estrategia de protección, tiene distintos niveles de actuación, y se ajusta a cada caso en particular.

En lo que respecta a la labor con Fiscalía, el Cuerpo Auxiliar Interdisciplinario realiza la evaluación de riesgo de violencia en asuntos de violencia familiar y de género, en casos que conlleven un trámite penal, en los que la Fiscalía tenga que investigar un hecho de índole penal. Es decir, se evalúa el riesgo que puede correr la víctima a partir de esa situación de violencia, y la probabilidad de que los peligros de letalidad se materialicen.

La denuncia de violencia familiar o de género ingresa a la Unidad de Abordaje Fiscal. Allí se confecciona el expediente y, según corresponda, se iniciará la investigación si se trata de un tema penal, o se derivará al Juzgado de Familia en caso que así corresponda.

También el juzgado de familia pide por oficio las evaluaciones de riesgo, para que nuestro equipo lleve a cabo la ponderación de ese riesgo, para reforzar o completar medidas, como así también, la evaluación de la persona denunciada como agresora.

A medida que hemos ido avanzando en la implementación, vamos encontrando algunos segmentos de la tarea que se allanan, otros que sufren variaciones, y vamos dialogando para encontrar de algún modo el acuerdo y la puesta a punto de las pautas técnicas: en qué momento se interviene, cómo se interviene, los alcances, clarificar las incumbencias, dialogar los planes a futuro, sobre todo, porque pasamos a formar parte del Ministerio Público Fiscal, eso nos coloca en la línea de la protección de la víctima.

Este tipo de reuniones las estamos haciendo en cada circunscripción, porque es necesaria la reunión de equipo, la discusión sobre los casos puntuales, pensar alternativas, determinar acciones a futuro, afianzarnos en el día a día, evaluar cómo nos ha ido, cómo nos está yendo y cómo esperamos seguir. Dialogar con los fiscales, a partir de su nueva función en el expediente, y cómo podemos mejorar algunas cuestiones en vista de la experiencia que hemos recolectado desde febrero hasta la fecha”.

HERRAMIENTAS VIRTUALES

“Tenemos un gran impacto de la tecnología en la tarea diaria, y estamos viendo cómo potenciamos esas ventajas, sobre todo en el caso de esta circunscripción que es extensa geográficamente y que tiene tres sedes (una en Merlo, otra en Santa Rosa y otra en Concarán).

La problemática de violencia familiar tiene distintos canales de ingreso. Antes de la pandemia, la gente sólo tenía posibilidad de denunciar de forma presencial. Pero, a partir de la pandemia, se incorporó el canal de la denuncia virtual. Ello impacta en la presencialidad, por cuestiones económicas y de distancia hasta tribunales, e incluso en estas épocas, también por las condiciones climáticas. Es decir, que en el caso de la Tercera Circunscripción, el uso del canal de denuncia virtual tiene un fundamento concreto territorial pero, además, hay distintas cuestiones, como las ya mencionadas, que impactan en el flujo de la presencialidad”.

Prensa Judicial 3° Circunscripción

Fuentes: Dr. Leonardo Navarini, Fiscal de Instrucción N°2 de la Tercera Circunscripción Judicial

Lic. Miriam Bottino, Coordinadora Provincial del Cuerpo Auxiliar Interdisciplinario

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