VEINTE AÑOS DE PRISIÓN PARA UN HOMBRE ACUSADO DE ABUSAR DE SUS HIJAS

Este lunes en horas de la tarde,  la Cámara Penal Nº 1 Residual de la Primera Circunscripción Judicial condenó a  20 años de prisión a un hombre acusado de abusar de sus dos hijas menores de edad.

El tribunal, conformado por  el Dr. José Luis Flores –presidente- y los Dres. Jorge Sabaini Zapata y Sebastián Cadelago Filippi –vocales-, lo declaró penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo (Art 119, tercer párrafo en relación al primer párrafo con el agravante del Inc. B del cuarto párrafo del Código Penal)” y “Abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo (Art. 119 segundo párrafo,  en relación al Inciso B del cuarto párrafo), todo en concurso real”.

Horas antes del veredicto, las partes expresaron sus alegatos, en primer lugar, el Fiscal de Cámara -Dr. Fernando Rodríguez- solicitó que el imputado fuera condenado a sufrir la pena de 23 años de prisión por los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo y por el aprovechamiento de la convivencia preexistente siendo la víctima menor de edad, y abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y  por el aprovechamiento de la convivencia preexistente siendo la víctima menor de edad  todo en concurso real -dos hechos-, en concurso ideal con corrupción de menores  agravada”.

A continuación el Dr. Ernesto Torres Mathieu, representante de la parte damnificada, manifestó estar en un todo de acuerdo con los alegatos y lo solicitado por el Fiscal de Cámara y agregó que tanto las víctimas como la progenitora de ambas,  “se encuentran transitando un infierno” y que, para poder alcanzar algún tipo de paz, necesitaban un fallo condenatorio para el acusado.

Por su parte  el Defensor de Cámara, Dr. Esteban Sala –representante del acusado- solicitó la absolución de su defendido por el beneficio de la duda y que de manera subsidiaria –en caso de que no se hiciera lugar a la absolución- se encuadraran las conductas de su defendido como “Abuso sexual simple con el agravante del vínculo” y que se tuviera presente la no concurrencia de otros agravantes.

 Los hechos que se juzgaron  fueron denunciados cuando una de las  víctimas le contó a su mamá, en octubre de 2017, las situaciones que vivió junto a su hermana en el domicilio que habitaba la familia en el barrio 85 Viviendas. Los abusos ocurrieron cuando las niñas tenían entre 8 y 14 años, y se extendieron por un lapso de cuatro años.

Por tratarse de un delito contra la integridad sexual, dependiente de instancia privada, no se consignan los datos identificatorios de las partes a fin de preservar el derecho a la intimidad, privacidad y confidencialidad de las víctimas.

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