VEREDICTO EN CAUSA DE DELITO CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL

El tribunal resolvió declarar al imputado autor penalmente responsable y lo condenó a 9 años y 5 meses de prisión.

Hace instantes, la Cámara Penal N° 2 de la Segunda Circunscripción concluyó con la lectura del veredicto en la causa “PERDIGUERA, RAUL DARIO – AV. DELITO CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL” en la que se juzgó al Sr. Raúl Darío Perdiguera por cometer abuso en perjuicio de un joven con capacidades diferentes. El hecho fue denunciado en el año 2015.

El tribunal conformado por la Dra. María Silvia Del Castillo de Insua -Presidente-, Dr. Aníbal Atilio Astudillo -Vocal- y Dra. Virna Milena Eguinoa -Vocal, Subrogante- resolvió declarar al acusado como autor penalmente responsable del delito de Abuso Sexual Gravemente Ultrajante Agravado por la Condición de Guardador (Art. 119, primer y segundo párrafo e inc. B) del cuarto párrafo y 45 del C.P.) y condenarlo a sufrir la pena de 9 años y 5 meses de prisión de cumplimiento efectivo.

A continuación, se transcribe el veredicto correspondiente:

Villa Mercedes (San Luis), cinco de abril del dos mil dieciocho.

Y VISTO: En mérito al resultado obtenido en la votación del acuerdo que antecede y lo dispuesto por el art. 355 y siguientes del Código de Procedimientos Penal, SE RESUELVE:

I) DECLARAR a PERDIGUERA RAÚL DARÍO, de datos personales ut supra referenciados, autor penalmente responsable del delito de ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE AGRAVADO POR LA CONDICIÓN DE GUARDADOR (Art. 119, primer y segundo párrafo e inc. B) del cuarto párrafo y 45 del C.P.) y condenarlo a sufrir la pena de NUEVE AÑOS Y CINCO MESES DE PRISIÓN DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO, accesorias legales y costas procésales.-

II) Téngase presente las reservas formuladas por las partes.

III)   Una vez firme la Sentencia comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia, al Registro Provincial y Banco provincial de ADN de condenados por delitos contra la integridad sexual, practíquese cómputo de pena y remítanse las actuaciones pertinentes al Juzgado de Sentencia para que asuma la correspondiente ejecución de pena.

Protocolícese, hágase saber y cúmplase.

Redacción: D. Zambrano

Corrección: R. Zitta

 

 

 

 

 

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