VEREDICTO EN CAUSA POR ABUSO SEXUAL: CONDENARON AL ACUSADO A 10 AÑOS DE PRISIÓN

Fue declarado penalmente responsable del delito de  abuso sexual gravemente ultrajante calificado por el vínculo. 

El tribunal integrado por el Dr. Sebastián Cadelago Filippi y las Dras. Virna Eguinoa y Sandra Ehrlich dio a conocer ayer el veredicto en marco de una causa donde se investigó un delito contra la integridad sexual.

El acusado fue declarado penalmente responsable del delito de  abuso sexual gravemente ultrajante calificado por el vínculo, en los términos de los Art. 119 1º y 2º párrafo en relación al inc. b) del 4º párrafo y Arts. 45º del Código Penal de la Nación Argentina y se lo condenó a 10 años de prisión, accesorias legales y costas procesales.

 

Por tratarse de un delito contra la integridad sexual, dependiente de instancia privada, no se consignan los datos identificatorios de las partes a fin de preservar el derecho a la intimidad, privacidad y confidencialidad de la víctima.

  

A continuación se transcribe la parte resolutiva del veredicto:

  

“VISTOS: En mérito al resultado obtenido en la votación del Acuerdo que antecede y lo dispuesto por el Art. 194º y siguientes del Código de Procedimiento Penal, SE RESUELVE :

1) DECLARAR AL ACUSADO (…)  , de datos obrantes en autos, autor penalmente responsable del delito de ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE CALIFICADO POR EL VINCULO (Art. 119 1º y 2º párrafo en relación al inc. b) del 4º párrafo y Arts. 45º del C. Penal de la Nación Argentina), en perjuicio de la joven B.D.D.P.

2) Conforme lo resuelto en el punto anterior y de la mensuración de las circunstancias atenuantes y agravantes corresponde IMPONERLE la PENA de DIEZ (10) años de Prisión, accesorias legales y costas procesales.

3) Disponer su alojamiento en el Servicio Penitenciario Provincial oficiándose a sus efectos a dicho complejo y a la UROP II.

4) Fórmese incidente de Ejecución de Sentencia.

Se hacer saber a las partes que el presente veredicto queda registrado en soporte audiovisual del sistema Cícero. Quedan las partes debidamente notificadas en este acto. Fdo. Dres. SANDRA GABRIELA EHRLICH, EDUARDO SEBASTIAN CADELAGO FILIPPI y VIRNA MILENA EGUINOA (Magistrados).”-

 

 

 

 

 

 

Prensa Judicial Villa Mercedes

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