VEREDICTO ONLINE EN UNA CAUSA POR ROBO Y ATENTADO A LA AUTORIDAD

La Cámara Penal N° 2 de la Segunda Circunscripción Judicial condenó hoy a Orlando Griffiths a sufrir la pena de tres años de prisión efectiva . La audiencia se celebró a través del sistema Cisco Webex. 

La Cámara Penal N° 2 de la Segunda Circunscripción Judicial dictó hoy el veredicto en la causa “Griffiths Orlando Gera – N. A. A. –Av. Homicidio en grado de tentativa – robo –atentado a la autoridad” y condenó a Orlando Griffiths a sufrir la pena de tres años de prisión efectiva por encontrarlo penalmente responsable de los delitos de hurto calificado y atentado a la autoridad agravado. La lectura de la sentencia se realizó a través del sistema Cisco Webex, atento las medidas dispuestas por la emergencia sanitaria vigente. 

El hecho por el que se lo juzgó a Griffiths ocurrió en septiembre del 2018 en el barrio Eva Perón de Villa Mercedes. 

La lectura del veredicto comenzó minutos después del mediodía y participaron de la audiencia el Dr. Anibal Atilio Astudillo, la Dra. Silvia del Castillo de Insua y el Dr. Hernan Herrera, -en reemplazo de la Dra. Daniela Estrada-, integrantes del tribunal; el Fiscal de Cámara,  Dr. Ernesto Lutens;  el acusado,  Orlando Griffiths y sus abogados defensores Dres.  Pascual Celdrán y Valentín Rivadera.

Mientras que,  el secretario de la Cámara Penal N° 2, Dr. Héctor Alfredo Lazzari, fue el responsable de coordinar y  grabar la audiencia, la cual se incorporará al expediente digital. 

El tribunal, conformado por los Dres. Anibal Atilio Astudillo, Hernán Herrera y  Silvia del Castillo de Insua, emitió el veredicto que se transcribe a continuación: 

Villa Mercedes (San Luis), veintiséis de mayo del dos mil veinte.

Y VISTO: En mérito al resultado obtenido en la votación del acuerdo que antecede y lo dispuesto por el art. 355 y siguientes del Código de Procedimientos Penal, SE RESUELVE: 1.-) DECLARAR a ORLANDO GERA GRIFFITHS, de datos personales ut supra referenciados, autor penalmente responsable de los delitos de HURTO CALIFICADO POR SER DE UN VEHÍCULO DEJADO EN LA VÍA PUBLICA (arts. 163 inc. 6º y 45 del Código Penal) en perjuicio de F.E.C. y de ATENTADO A LA AUTORIDAD AGRAVADO (art. 238 inc. 1º del Código Penal) en perjuicio de la sociedad, todo ello en CONCURSO REAL (art. 55 del Código Penal) y condenarlo a sufrir la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN DE CUMPLIENTO EFECTIVO, accesorias legales y costas procesales; 2.-) ABSOLVER al acusado ORLANDO GERA GRIFFITHS del hecho de fecha 15 de septiembre de 2.018 en perjuicio de F.E.C. por el cual ha sido acusado como autor del delito de abuso de armas y portación de arma de uso civil condicional por Fiscalía de Cámara, por el principio IN DUBIO PRO REO (arts. 1° del C.P.P. y 39 de la Const. Prov.); 3.-) Comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia, por Secretaría practíquese cómputo de pena y remítanse las actuaciones pertinentes al Juzgado de Sentencia para que asuma la correspondiente ejecución de pena.

Protocolícese, hágase saber y cúmplase.-

 

Redacción: R. Zitta

Corrección: G. Campana

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