VILLA DE MERLO: SUSPENSIÓN DE JUICIO A PRUEBA EN CAUSA DE ROBO

Nota aclarativa: en virtud del principio de inocencia, consagrado como garantía constitucional, no se consignan los datos identificatorios de los imputados hasta tanto se resuelva su situación procesal de manera definitiva.

El miércoles 25 de octubre, se llevó a cabo una audiencia de suspensión de juicio a prueba en el marco de una causa por robo, cuyos hechos ocurrieron en mayo de 2022 en la Villa de Merlo.

Los imputados son J.E.T., de 41 años, y E.A.J., de 21 años; quienes están señalados como presuntos autores del robo en una casa del Barrio 227 Viviendas.

Conforme a la teoría del caso de la fiscalía, los imputados ingresaron a la morada por la puerta de la cocina, revolviendo el lugar en busca de elementos de valor. También forzaron la puerta de una de las habitaciones que estaba con llave. Los objetos denunciados cobo robados fueron: cuatro bobinas de automóvil en sus respectivas cajas; un perfume importado; una garrafa; y un atornillador inalámbrico con kit completo de mechas, brochas y puntas de llaves.

En la audiencia celebrada este 25 de octubre, las Fiscales Adjuntas, Silvina Ayelén Argüello y Sandra Aguirre, informaron al juez el acuerdo de suspensión de juicio a prueba presentado por la defensa.

Los abogados María de los Ángeles Tapia y Tobías González, actuaron en representación de J.E.T., quien ofreció la suma de $60 mil pesos en concepto de reparación económica a la víctima, y prestar tres horas semanales de tareas comunitarias durante dos años en una Asociación Civil de Carpintería.

La defensa de E.A.J. fue ejercida por la Defensora Oficial Adjunta, María Luz Vílchez, quien informó el ofrecimiento de una suma de 40 mil pesos por parte de su defendido y la realización de cuatro horas semanales de tareas comunitarias en un club deportivo de la Villa de Merlo por el plazo de un año.

La fiscalía prestó conformidad al acuerdo, al considerar que ninguno de los imputados posee antecedentes penales computables, y propuso como pautas de conducta que los mismos se abstengan de consumir estupefacientes y bebidas alcohólicas y se sometan a tratamiento psicológico. Finalmente, solicitó que el juicio sea suspendido a prueba por el término de dos años, tal como fue requerido por la defensa.

El magistrado interviniente, Jorge Osvaldo Pinto, hizo lugar a lo peticionado por las partes, resolviendo suspender el proceso a prueba por el plazo de dos años. Asimismo, tuvo presente las reparaciones económicas ofrecidas por los imputados, quienes deberán prestar tareas comunitarias en los lugares propuestos y por el tiempo señalado en los respectivos acuerdos. Además, deberán efectuar tratamiento psicológico por 12 meses, no cometer nuevos delitos, abstenerse de consumir estupefacientes e informar a la autoridad judicial competente en caso de ausentarse de la jurisdicción de manera prolongada.

Si en el término de estos dos años, los imputados cumplen acabadamente con lo establecido, se ordenará su sobreseimiento. Caso contrario, se revocará el beneficio y la causa será elevada a juicio.

Prensa Judicial 3° Circunscripción

Fuente: Dra. Silvina Ayelén Argüello, Fiscal Adjuntad de la Tercera Circunscripción Judicial

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