
Franco Augusto Loza fue imputado como autor de los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo y daños en concurso real, en contexto de violencia de género. La audiencia se desarrolló en el Juzgado de Garantía N° 3 de la Segunda Circunscripción Judicial.
Según la investigación desplegada por la Fiscalía de Instrucción Penal con Intervención en contexto de Género, Diversidad Sexual, Infancias y Adultos Mayores N° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial, entre el 9 y el 10 de mayo, Franco Augusto Loza agredió a su pareja, le provocó lesiones y rompió su teléfono celular, hasta que fue detenido cuando la mujer pudo pedir auxilio en el Policlínico Regional “Juan Domingo Perón”.
Fiscalía relató que el 9 de mayo, aproximadamente a las 20 horas, Loza se presentó en el domicilio de su pareja tras haber tenido una discusión. Ingresó al domicilio con el permiso de la dueña de la vivienda y una vez adentro, comenzó a insultar a la mujer y a agredirla verbalmente. Además, comenzó a golpear a la denunciante en distintas partes de su cuerpo, como así también le pegó golpes de puño en la cabeza.
En ese momento, la denunciante refirió que llamaría a la Policía y el imputado se retiró del domicilio. Al día siguiente, Loza regresó y tras pedir disculpas, volvió a ingresar a la vivienda con la autorización de la denunciante hasta que comenzó una nueva discusión. En ese marco, el imputado le arrebató el celular a su pareja – Iphone 7 Plus -, le arrancó la pantalla y le sacó la batería.
Aproximadamente a las 10:30 del 10 de mayo, la denunciante indicó que debía ir al hospital y Loza le indicó que la acompañaría. Fue así que al llegar al Policlínico Regional, y aprovechando un momento en el que el imputado no se encontraba escuchando, la mujer pidió al personal de salud que llamara a la Policía. Minutos más tarde Loza fue demorado en el nosocomio.
A la hora de ordenar la detención de Loza, Fiscalía mencionó la necesidad de actuar con urgencia en virtud de que el conflicto suscitado se enmarca en un contexto de violencia de género y violencia intrafamiliar, que merece la adopción de medidas preventivas y cautelares que posibiliten la cautela del proceso penal. Encuadró al delito en los términos previstos en los Art. 89 92 con remisión al Art. 80 inc 1 y 11, 183, 45 y 55 del Código Penal Argentino y anticipó que pediría medida de coerción.
Por su parte, la Defensa solicitó la prórroga de detención prevista en el Art. 40 de la Constitución Provincial.
Luego de escuchar a las partes, la Juez tuvo por formulados cargos en los términos solicitados por Fiscalía y concedió la prórroga de detención solicitada por la Defensa, fijando una nueva audiencia cuando se resolverá la situación procesal del imputado.
En la audiencia intervino como Juez Subrogante la Dra. Antonela Panero, como Secretaria la Dra. Natalia Pereyra Cardini; en representación del Ministerio Público Fiscal, la Dra. Nayla Cabrera Muñoz y por el Ministerio Público de la Defensa, la Dra. Victoria Suárez.
Prensa Judicial Villa Mercedes