VIOLENCIA DIGITAL: APLICAN POR PRIMERA VEZ LA LEY OLIMPIA

El Juez de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia de Concarán, Dr. Hugo Orozco, aplicó la reciente sancionada “Ley Olimpia” en una sentencia interlocutoria dictada en el marco de una causa iniciada por violencia digital hacia una mujer, constituyéndose la misma como la primera resolución emitida en esta materia, en la justicia provincial.

El magistrado tomó diversas medidas ante una denuncia efectuada por una joven, quien manifestó haber sido filmada sin su consentimiento por un familiar, mientras se probaba prendas de vestir en el domicilio del denunciado. La damnificada advierte de lo sucedido, cuando descubre un teléfono celular en plena grabación, enfocando al sector donde ella se probaba la ropa.

Orozco tuvo en cuenta la Ley Olimpia que incorporó la figura de “violencia digital” a la Ley 26485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. De esta forma, se suma el espacio virtual como otro ámbito en el que los derechos de las mujeres deben ser protegidos.

El magistrado cita que “la violencia digital o telemática se define como toda conducta, acción u omisión en contra de las mujeres basada en su género que sea cometida, instigada o agravada, en parte o en su totalidad, con la asistencia, utilización y/o apropiación de las tecnologías de la información y la comunicación, con el objeto de causar daños físicos, psicológicos, económicos, sexuales o morales tanto en el ámbito privado como en el público a ellas o su grupo familiar”.

En el punto 2 de la sentencia prohibió el contacto entre las partes involucradas a través de medios digitales, es decir, mail, chat, WhatsApp, redes sociales, blogs, y/o vía telefónica fija o móvil.

En el punto 3 ordenó que el denunciado se abstenga de violentar, perseguir u hostigar a la denunciante (vía internet, mail, chat, WhatsApp, redes sociales, blogs, y/o vía telefónica fija o móvil). También lo instigó a eliminar las imágenes fotográficas o videos que se encuentren en su poder y que involucre a la joven.

Asimismo, el magistrado dispuso el secuestro del dispositivo utilizado para filmar los referidos videos, a los fines de someterlo a un peritaje informático.

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