
La violencia psicológica hacia las mujeres está reconocida desde el 2009 en Argentina a través de la Ley 26485. Según datos estadísticos de la Línea 144, en el 2022, el 94% de las comunicaciones denunció esta modalidad de violencia.
Natalia Smith es Psicóloga Forense e integra el Equipo interdisciplinario del primer Juzgado de Género del país, organismo que depende del Poder Judicial de Santiago del Estero. Su trabajo consiste en intervenir en casos de violencia de género y evaluar si la víctima se encuentra sufriendo o en riesgo de padecer daño físico, psicológico, sexual, ambiental, social, patrimonial, simbólico, entre otros. Además, la Licenciada brinda el curso “Técnicas de evaluación psicológica forense de la violencia de género en la investigación penal” destinada a profesionales del Cuerpo Auxiliar Interdisciplinario del Ministerio Público Fiscal de la provincia de San Luis.
“La violencia psicológica hace estragos en la persona que la padece, desde la sensación de indefensión y de desamparo ante estas vivencias, la pérdida de autonomía y de creencia en sí misma -afectación grave de la autoestima- la dependencia patológica y paradójica, afectando el vínculo y el apego seguro -dependencia emocional- hasta causar desórdenes mentales graves ante el estrés crónico: sentimientos depresivos, ansiedad generalizada, disociación del yo, hasta la autoagresión y la muerte por suicidio o femicidio”, dijo Smith.
El abuso psicológico es una situación grave y extrema que suele ser minimizada por la sociedad, el entorno de la víctima y las respuestas estatales, explicó la licenciada. “También suelen ser fácilmente patologizadas por el sector de la salud, encubriendo aún más sus efectos y su presencia en quien la padece”.
El segundo estudio nacional de violencia contra las mujeres de la República Argentina del 2018 concluyó que la violencia psicológica es la antesala de la aparición de otras conductas violentas físicas y/o sexuales.
El maltrato psicológico se manifiesta a través de distintas conductas como humillaciones, descalificaciones o ridiculizaciones (tanto en público como en privado), aislamiento social, amenazas a seres queridos, la destrucción o el daño de propiedades valoradas por la víctima (objetos o animales), amenazas repetidas de abandono, entre otras.
Para Smith la violencia psicológica es intrínseca a la violencia de género, ya que esta última se vale de los estereotipos y de los roles culturales asociados a la mujer para discriminarla, dominarla, despreciarla y desvalorizarla.
DEVELAR LA INTENCIÓN DE LA VIOLENCIA
La psicóloga explicó que para determinar si la violencia tiene como base la desigualdad de género es necesario que las evaluaciones sean propiciadas por expertos en la temática, con técnicas e instrumentos específicos.
“En estas problemáticas, es necesario contar con herramientas que nos aporten criterios psicosociales específicos y vinculares, que no son tales en otros tipos de situaciones. Con esto quiero decir que no cualquier técnica psicológica nos acerca al conocimiento buscado en materia de violencia de género”.
Estas evaluaciones aspiran a que jueces y juezas puedan tomar decisiones con datos específicos e integrales sobre aspectos psicológicos y sociales de las personas involucradas en situaciones de violencia de género y/o intrafamiliar.
“Son un instrumento más en el que una autoridad puede apoyarse para tomar la mejor decisión posible ante un caso como el de la violencia de género. Los informes deben visibilizar los aspectos invisibles de la violencia, constituyendo entonces una herramienta necesaria para quien deba resolver la cuestión”, expresó Smith.
El 1° Juzgado de Control de Género del país funciona desde el 2016 y tiene asiento en la capital de Santiago del Estero. Su propósito es tomar medidas rápidas de protección ante situaciones de violencia de género e intrafamiliar que evalúa previamente la Oficina de Violencia Doméstica (OVD).
En primer lugar, la víctima expone su situación en la OVD y desde este organismo se hace una primera valoración del riesgo, es decir, se evalúa si existe el peligro de padecer violencia a futuro o sufrir un daño irreparable a raíz de la violencia a la que esa persona está expuesta.
El riesgo que mide la OVD tiene como corolario una acción de prevención ya que el Juzgado de Género busca proteger a la víctima de manera inmediata.
En segundo lugar, interviene el equipo interdisciplinario del Juzgado de Género que evalúa por segunda vez la situación de violencia y amplía otros aspectos que no se tienen en cuenta inicialmente por la urgencia que requiere la primera intervención. En esta instancia se evalúan si los factores de riesgo continúan, si han aumentado o disminuido en su presencia o existe la potencialidad de generar un acto de violencia por parte del agresor, si existen víctimas aledañas, si la víctima tiene recursos psicológicos, si se realizan derivaciones para mayor asistencia y apoyo psicológico, si se orienta en los aspectos sociocomunitarios. En cuanto al análisis del agresor se evalúan intenciones de cambio, se realizan derivaciones para grupos de hombres que ejercen violencia, entre otras acciones.
“Primero se protege y después se investigan las circunstancias para evaluar si las medidas deben continuar o deben ser revisadas, ampliadas o extendidas a otros miembros cercanos que estén sufriendo violencia”, concluyó la psicóloga.
Colaboración:
Lic. Natalia Smith- Psicóloga Forense e integrante del Equipo interdisciplinario del Juzgado de Género de Santiago del Estero
Fuentes: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/articulo_violencia_psicologica.pdf
https://www.argentina.gob.ar/generos/linea-144/datos-publicos-de-la-linea-144-2022