ALEGATOS Y VEREDICTO EN CAUSA DE ABUSO SEXUAL SIMPLE

El tribunal condenó al acusado a sufrir la pena de 5 años de prisión.

ALEGATOS

Hoy, la Cámara Penal Nº 1 de la Segunda Circunscripción, recepcionó alegatos y dio lectura al veredicto en la causa donde juzgaron a un hombre de 68 años acusado por el delito de abuso sexual simple. El hecho fue denunciado en el año 2013.

Luego de haberse declarado cerrada la etapa probatoria, el tribunal recepcionó los alegatos de las partes.

En primer lugar, la Defensora de Menores Nº 1, Dra. Maria Victoria Cortázar Furnari acentuó los relatos de las víctimas y el informe de Cámara Gesell, además de la pericia psicológica. Manifestó que el detonador de la verdad fue el testimonio de la testigo presencial del hecho y tuvo en cuenta el agravante, que es la situación de convivencia. Por su parte, el Fiscal de Cámara Nº1 Dr. Néstor Lucero hizo referencia a todo el elemento probatorio, que incluye el relato de las víctimas y el testimonio de los testigos. Concluyó que toda la prueba se materializó de forma clara. En cuanto a los atenuantes, destacó la falta de antecedentes y como agravantes, resaltó la edad de las victimas. Tanto el representante del Ministerio Fiscal como la Defensora de Menores coincidieron en que la calificación legal sea “delito de abuso sexual simple calificado por la situación de convivencia” previsto en el Art. 119, primer y último párrafo en relación al inc. f) del 3er párrafo del C.P. Ambos solicitaron se lo condene a sufrir la pena de 5 años de prisión, accesorias legales y costas procesales.

Mientras que, el Dr. Rodolfo Mercau, quien ejerció la defensa del acusado, expresó que son hechos difíciles de probar, desestimó los testimonios y argumentó que existe una enemistad manifiesta del imputado con la testigo directa del hecho. Pidió al tribunal que se tuviera en cuenta la edad del acusado, su estado de salud y la falta de antecedentes. Por lo tanto, solicitó la absolución.

Finalmente, el tribunal conformado por la Dra. Susana Bravo –Presidente-, la Dra. Virna Milena Eguinoa y el Dr. Aníbal Atilio Astudillo –Vocales-, dio a conocer el veredicto, el cual se transcribe a continuación:

Villa Mercedes (San Luis), veintiuno de Febrero de dos mil dieciocho.-

Y VISTO: En mérito al resultado obtenido en la votación del acuerdo que antecede y lo dispuesto por los arts. 356 y siguientes del nuevo Cód. de Procedimientos Criminales, SE RESUELVE: Declarar a H. J. Q., de datos obrantes en autos, como AUTOR penalmente responsable del delito de ABUSO SEXUAL SIMPLE. CALIFICADO POR LA SITUACION DE CONVIVIENCIA arts. 45 y 119 primer y último párrafo en relación al inc f) del 3er párrafo del C.P.). en perjuicio de F. A. y E. R. P. y condenarlo a sufrir la pena de CINCO AÑOS DE PRISIÓN, accesorias legales y costas procesales.  

Redacción: D. Zambrano

Corrección: R. Zitta

 

 

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