IMPLEMENTACIÓN DE INGRESO DIRECTO DE CAUSAS POR SISTEMA INFORMÁTICO

A partir del próximo lunes 29 de marzo, inicia su implementación progresiva con las causas a iniciar ante el Superior Tribunal de Justicia.

La última versión del Sistema Informático Iurix On Line (IOL), que utilizan los abogados para interactuar con los expedientes electrónicos, contiene, entre otras nuevas funcionalidades, el ingreso por dicho medio de las nuevas causas cuando corresponde ingreso directo, complementando el actual ingreso por sorteo; habiendo culminado la etapa de estabilización de tal versión,  de la del sistema Iurix gestión, y las configuraciones pertinentes, se dará inicio a la implementación progresiva de tal funcionalidad, informó la Secretaría de Informática Judicial.

En una primera etapa, se prevé que puedan ingresarse directamente, por sistema IOL, las causas que inician ante Secretaría Judicial del Superior Tribunal de Justicia, incluidos los Recursos de Queja de los distintos fueros ante tal Tribunal, conforme al instructivo que se remitirá al efecto a los Profesionales y que estará disponible en la sección respectiva del sitio web de Secretaría de Informática https://www.justiciasanluis.gov.ar/informatica/index.php/2018/05/10/iol/

Posteriormente, cuando lo comunique Secretaría de Informática Judicial, se irá implementando progresivamente la funcionalidad en los restantes supuestos, tales, cuando el fuero trabaja por turnos u otras razones (es decir causas a tramitar ante los Juzgados de Paz Letrado, de Ejecución Fiscal, Penales, Correccionales y Contravencionales, Juzgados de Niñez y Adolescencia, de Violencia, aquellas en que se invoque conexidad, en los amparos, en las causas no civiles ante los Juzgados de Familia, todas las de la Tercera Circunscripción, ingresos que efectúen los  Síndicos de las insinuaciones de créditos, y los Recursos de Quejas ante las Cámaras que hubieren tenido intervención).

Tal modalidad, se encuentra prevista en lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia por Acuerdo N° 548/2020 que modificó los artículos 27, 38 y 39 del Reglamento General de Expediente Electrónico. Tal Acuerdo, puede consultarse haciendo click aquí

Conforme a ello, el inicio deberán efectuarlo los profesionales por sistema informático utilizando la funcionalidad de “ingreso directo”, incorporando en tal proceso el escrito inicial y la documental adjunta, si la hubiere. El plazo a los efectos procesales se computará a partir del cargo electrónico de esta presentación.

 

Nota: Secretaría de Informática Judicial 

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