
La causa culminó mediante el procedimiento abreviado, el damnificado prestó consentimiento a lo acordado a través de su representante.
Dos hombres deberán cumplir una condena de 3 años de prisión en suspenso por el delito de lesiones graves calificadas por el concurso premeditado de dos o más personas en perjuicio de un hombre.
Facundo Bastioni y Franco Rodriguez aceptaron la responsabilidad en el hecho y prestaron su conformidad al acuerdo arribado.
Antes de informar los términos del acuerdo, el fiscal de instrucción –Dr. Leandro Estrada- solicitó la reformulación de cargos y modificación de la calificación legal inicial que era delito de homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas en grado de tentativa en calidad de coautor previsto y penado en el Art. 80 inc 6, 42 y 45 del Código Penal.
Solicitó que la calificación sea lesiones graves calificadas por el concurso premeditado de dos personas, para dicha petición tuvo en cuenta la revisión acentuada de los elementos de prueba producidos, el principio de oportunidad, la conducta de los imputados, entre otros.
Por otro lado, informó los términos del acuerdo de procedimiento abreviado –3 años de prisión en suspenso por el delito de lesiones graves calificadas por el concurso premeditado de dos o más personas – arribado entre las partes y pidió que se declare la admisibilidad.
El representante del particular damnificado, Dr. Andrés Pereyra adhirió a lo manifestado por el Ministerio Público Fiscal e informó el consentimiento del damnificado.
La defensa de Bastioni representada por la Dra. Cecilia Mithiaux y la de Rodriguez ejercida por los Dres. Lucio Pereyra, Agustín Pereyra Alonso y Germán Anabitarte no formularon objeciones y solicitaron la admisibilidad.
Luego de un cuarto intermedio, el Dr. Santiago Ortiz declaró admisible el procedimiento atento a los hechos investigados, la proporcionalidad y la razonabilidad de la pena acordada y la falta de antecedentes de los imputados y resolvió:
- Homologar el acuerdo de procedimiento abreviado celebrado por las partes;
- Declarar autores penalmente responsables a Facundo Bastioni y Franco Rodriguez por el delito de lesiones graves calificadas por el concurso premeditado de dos o más personas –previsto y penado en el art. 90 con remisión al artículo 92 y al art. 80 inc 6to del Código Penal-. En carácter de co autores –art. 45 del Código Penal-;
- Condenarlos a sufrir la pena de 3 años de prisión en suspenso;
- Fijar domicilio, deberán abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas y estupefacientes, disponer la medida cautelar de prohibición de acercamiento en relación al damnificado y recíproca por el término de la condena, finalizar la escolaridad formal sin descuidar las obligaciones laborales, debiendo informar el cumplimiento;
- Ordenar la inmediata libertad.
El hecho
El hecho ocurrió el 15 de octubre de 2022 en horas de la tarde cuando unas personas -damnificados- escucharon desde su casa gritos de auxilio, salieron e intentaron impedir un amedrentamiento de un grupo de jóvenes hacia otros dos chicos. Luego de eso, los jóvenes regresan a la vivienda y despliegan varias acciones de violencia y agresiones con piedras, palos, ladrillos golpeando el auto, la casa y provocándole lesiones a un señor, quien, como consecuencia de los golpes sufrió traumatismo, fracturas, etc.
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Prensa Judicial Villa Mercedes