ALEGATOS Y VEREDICTO EN LA CAUSA POR HOMICIDIO EN VILLA LARCA

El Tribunal resolvió declarar a Zulema Inés Silva “No Culpable” del delito de Homicidio Simple por concurrir en un estado de “Necesidad Exculpante”.

Esta mañana, el Tribunal de la Excma. Cámara de Apelaciones, Sala Penal, de la Tercera Circunscripción Judicial, emitió su veredicto en relación a la causa “SILVA  ZULEMA INÉS- AV. HOMICIDIO”, en la que se juzga la muerte de Juan Alberto Mansilla, quién fue encontrado sin vida en su domicilio ubicado en la localidad de Villa Larca.

El hecho ocurrió el día el 13 de abril del año 2016, en horas de la noche. La víctima presentaba un seccionamiento arterial, a la altura de la yugular, provocado con un hacha.

La única imputada en el caso era Zulema Inés Silva, quien en sus declaraciones afirmó haber atacado a Mansilla en legítima defensa, cuando éste intentó abusar sexualmente de ella.

Durante la recepción de alegatos, el Fiscal de Cámara, Dr. Mario Néstor Zudaire, requirió la condena de 10 años de prisión para Silva, por considerarla autora del delito de Homicidio Simple, presentando como atenuantes la falta de antecedentes penales y como agravantes, la forma de comisión del delito y la extensión del daño causado. Entre sus argumentos, el Dr. Zudaire expuso que a la luz de las investigaciones se comprobó que Alberto Mansilla fallece a causa del golpe proporcionado por la Sra. Silva con un elemento contundente. “Ha existido voluntad realizadora del hecho del que se la imputa”, sugiriendo que, aparentemente, el móvil habría sido el robo. Sin embargo, aclaró, “El móvil está solo en su mente y no ha podido ser debidamente probado”.

Por su parte, los abogados defensores de Silva, Dres. Orlando Villegas y Cándido Assat, solicitaron exculpar a su defendida por la causal de legítima defensa,  aduciendo que “Hubo una agresión ilegítima grave por parte de Mansilla, que fue repelida en forma legítima, proporcionadamente, con un resultado no querido”.

Asimismo, manifestaron que no es posible indicar que la mujer actuó con dolo, ya que “la Sra. Silva no fue a la casa de Mansilla a matarlo, ella sólo se defendió de lo que claramente fue un abuso sexual, lo que consta en las pericias”.

Luego de que las partes expusieran sus fundamentos, el tribunal dio por concluida la etapa probatoria, emitiendo su veredicto en el que resolvió “Declarar No Culpable a Zulema Inés Silva, respecto de la autoría material del delito de Homicidio Simple (Art. 79 del Código Penal) por concurrir un Estado de Necesidad Exculpante”, en función del Art. 34, Inc. 2 del referido Código, que reza que no es punible “El que obrare violentado por fuerza física irresistible o amenazas de sufrir un mal grave e inminente”.

Finalmente, el Tribunal ordenó la inmediata libertad de Silva quien se encontraba cumpliendo prisión preventiva desde fines de abril de 2016.

 

Redacción: A. González Esquivel

Corrección: G. Campana

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