ALEGATOS EN LA CAUSA “KRAVETZ BERNARDO ABRAHAM- AV. HOMICIDIO”

El Fiscal y el Representante del particular damnificado solicitaron prisión perpetua, mientras que los abogados defensores la absolución.

En el día de hoy, el Tribunal de la Cámara Penal N° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial, recepcionó los alegatos en la causa “Kravetz Bernardo Abraham- Av. homicidio”. El Tribunal estuvo conformado por la Dra. Susana Bravo -Presidente-, la Dra. Clotilde Florencia Montoya de Zucco y la Dra. Virna Eguinoa – vocales.

En primer lugar, el representante del particular damnificado, Dr. Diego González, consideró probado el hecho y la autoría de los acusados. En consecuencia solicitó al Tribunal que se tenga en cuenta como agravante la alevosía del delito cometido en el marco de los derechos de la víctima establecidos en la Convención Interamericana de los Derechos Humanos. Con este fundamento el Dr. González solicitó la pena de prisión perpetua para los tres acusados-Maximiliano Bustos, Federico Páez y Sergio Torres.

Seguidamente el Fiscal de Cámara, Dr. Néstor Lucero, consideró que el hecho y la autoría fue probada y clasificó el delito como un Homicidio doblemente Calificado in criminis causa, concurso real en ocasión de robo,  enmarcado en los artículos 80 inc. 2 y artículo 55,156 y 45 del Código Penal. A partir de ello solicitó prisión perpetua referenciando atenuantes como la falta de antecedentes para los tres imputados.

Por su parte, el Defensor de Cámara, Dr. Víctor Endeiza,  quien actúa en representación de los imputados Maximiliano Bustos y Federico Páez, alegó que no hubo intención de matar, expresando que  “quien quiere matar mata y en este caso no se produjo la muerte inmediata, sino que el deceso resultó entre seis y doce horas después del hecho por falta de asistencia médica”. En cuanto a la tipificación entendió que la calificación in criminis causa y la alevosía no corresponden, ya que no hubo intención ni se pudo comprobar la autoría del hecho.

Asimismo el Dr. Endeiza manifestó que en cuanto a la autoría no hay elementos que indiquen que se trata de los acusados y agregó que no se pudo acreditar si el arma era de Kravetz. “La prueba denota incertidumbre de quiénes y a cuántas personas les corresponde la autoría del hecho” concluyó el Defensor. Es así que solicitó la absolución de Páez y Bustos ya que “no se puede acusar a quien no está probada su participación”.

En tanto el abogado defensor de Sergio Torres, Dr. Hernán Herrera, expresó que no se encuentra probado el ingreso de Torres al lugar del hecho y añadió que ningún testigo lo mencionó como posible partícipe o autor. Seguidamente mencionó que sólo se conoció que Torres vendió dos armas, cuya pertenencia no fue acreditada.  En cuanto a la calificación del delito consideró que se trata de un homicidio de dolo eventual ya que no hubo intención de matar. A raíz de este argumento el abogado solicitó la absolución de su defendido por el beneficio de la duda y que en caso de juzgamiento se tenga en cuenta la figura de encubrimiento.

Luego de recepcionar los alegatos, el Tribunal pasó a deliberar por lo que se prevé que el día martes 5 de septiembre se dará a conocer el veredicto.

Se recuerda que el hecho que se investiga ocurrió el 2 de enero de 2014 en la Estancia “El Verano” ubicada en proximidades de la localidad de Buena Esperanza, donde fue encontrado el cadáver de Bernardo Kravetz -un productor agropecuario de 74 años- con signos de haber sufrido tortura.

Redacción: G. Campana

Corrección: M.C. Hang

 

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