CAPACITACIÓN LEY MICAELA: “LOS PODERES JUDICIALES GENERAN HERRAMIENTAS DE TRANSFORMACIÓN”

Así lo expresó el Dr. Fernando Ramírez, en la capacitación que se desarrolló ayer a través de la plataforma virtual Cisco Webex.

Con la asistencia de más de 200 personas, ayer se llevó a cabo una nueva jornada de capacitación sobre la Ley Micaela dirigida a integrantes los tres poderes del Estado. El encuentro, que se desarrolló a través de la plataforma virtual Cisco Webex, estuvo a cargo del Dr. Fernando Ramírez, quien abordó la temática “Femicidio. Antecedentes históricos. Marco convencional y constitucional”.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

Ramírez comenzó su disertación haciendo un repaso histórico sobre el camino que fueron transitando las mujeres para lograr el reconocimiento de sus derechos y de los derechos humanos universales.

Al respecto contó que en un congreso en La Habana -en 1928-, ante la concurrencia de mujeres exigiendo ser escuchadas, los representantes panamericanos crearon una Comisión Interamericana de Mujeres para que se ocupe de informar cuál es la situación jurídica de la mujer. Esta comisión, que se presentó posteriormente en la reunión, presentó además de la situación, proyectos para la convención de reconocimiento de la nacionalidad de las mujeres casadas, para los derechos políticos y civiles de la mujer.

Por otra parte, el expositor sostuvo que en el siglo XX, el impacto de las guerras fue muy importante, “el mundo está conmovido por el genocidio en la segunda guerra mundial, entonces decide reunirse para garantizar la paz del mundo en una organización universal, conocida como las Naciones Unidas (ONU). Dentro de los objetivos centrales de la constitución de la ONU que se repite de la carta del atlántico, se compromete a vencer el eje en la protección de derechos humanos (DDHH). Esto se formaliza en la carta de la ONU donde se reconoce que todas las personas son iguales sin distinción de raza, sexo o religión. Es la primera vez que se universaliza el catálogo de derechos humanos”.

En el año 48, se decide crear una Organización de Estados Americanos. América decide crear la OEA como organismo regional, donde también la declaración de derechos y obligaciones americanas también es universal, es decir que los derechos son iguales para varones como para mujeres. “Hasta acá todo parece indicar que el mundo avanzaba hacia la igualdad, pero la verdad es que no. El resultado que estaba dando esta estructura universal no generaba igualdad, lo que genera preocupación, y las propias Naciones Unidas enuncian la declaración para la eliminación de las formas de discriminación contra la mujer, en el año 63”.

SOBRE DECLARACIONES Y CONVENCIONES DE DDHH

El disertante explicó que, por lo general, los organismos internacionales van avanzando en acuerdos y convenciones de los DDHH formulando primero una declaración y luego una convención. “La declaración universal de derechos humanos de la ONU se va a ver reflejada en dos pactos, el pacto de derechos civiles y políticos y el pacto de derechos sociales, económicos y culturales. Hay dos pactos porque el mundo estaba dividido en dos y se tuvo que batallar seriamente con el mundo socialista que no quería reconocer derechos individuales y que quería solo los derechos sociales en manos del estado”.

En el año 62, se creó la declaración de toda forma de discriminación contra la mujer, pero recién en el 79 se creó la convención internacional para eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW). “En América, al contrario, si hay una convención, los americanos si llegamos a un compromiso entre todos los estados, de prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención Belem do Para)”, detalló Ramírez y agregó “en la década del 60 se habían puesto de moda los tribunales Russell, que hacían tribunales simbólicos para juzgar los crímenes de guerra cometidos por las tropas norteamericanas en Vietnam, a imitación de esto, el movimiento de mujeres se reúne para juzgar los crímenes contra las mujeres y en ese ámbito, se elabora lo que luego se conoció como feminicidio, entendido en ese ámbito como las políticas estatales de aniquilamiento o asesinato de mujeres, por acción directa u omisión y tolerancia de acciones culturales o individuales de asesinos de mujeres; ahí nació el concepto de femicidio”.

HACIA LA INCORPORACIÓN DE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO

El expositor hizo referencia que desde los comités empezaron a insistir en la incorporación de la perspectiva de género en los informes, “ya que la norma supuestamente neutral tiene un impacto diferente en varones y en mujeres, porque la desigualdad está en la realidad de la norma. Debe siempre tenerse una perspectiva de género en el sentido no intensificar una desigualdad”.

En ese marco, Belem do Para define la violencia contra la mujer a aquella que conduce a la muerte de la mujer. “La violencia es un fenómeno que puede tener distintas consecuencias, pero es una. La violencia contra la mujer existió siempre y es la que sostuvo la desigualdad. Entonces cuando hablamos de femicidio no estamos hablando de algo nuevo, sino que estamos examinando de manera distinta este fenómeno”.

ANTEPROYECTO DE LEY

El Senado hizo una reforma extrayendo la figura propia de femicidio, lo proponían por separado para que no se confunda. Entre los fundamentos que destacó Ramírez del proyecto, hizo hincapié en que “el femicidio no es nuevo, viene del fondo de la historia, son numerosos los casos que nos dan a conocer la ciencia y las crónicas, de muertes de mujeres ocurridas de distinta manera pero que tienen como común denominador el hecho de haber sido perseguidas por su condición de mujer. Lo que resulta nuevo es la teorización que se ha hecho sobre el femicidio como forma extrema de violencia hacia las mujeres. Esto ha tenido como efecto inmediato hacer visible este tipo de violencia. El concepto de femicidio viene a desarticular los argumentos que lo naturalizan como una cuestión privada o que debe resolverse en el ámbito de la familia, para entenderlo como una cuestión pública, que debe ser tratada y solucionada por el estado”.

Luego señaló que estos antecedentes demuestran que existe un dominio de varones sobre mujeres, que afecta la igualdad y la legitimidad de poder del estado.

Por último, Ramírez dijo que cuando se sancionó la ley de protección integral de las mujeres, la Corte creó la Oficina de la Mujer, primer organismo de los poderes públicos que se ocupó de introducir la perspectiva de género, y esto fue reproducido por la totalidad de las cortes provinciales. En este sentido resaltó que “los poderes judiciales tienen una gran preocupación y generan herramientas de transformación”, y concluyó “es fundamental generar herramientas que permitan integrar una masa crítica de mujeres igualitaria”.

Antes de dar cierre al encuentro, la ministra del Superior Tribunal de Justicia, Dra. Cecilia Chada agradeció al expositor, en nombre del Poder Judicial y la Secretaría de la Mujer, por los conceptos compartidos.  

Durante el encuentro estuvieron presentes la titular de Secretaría de la Mujer, Prof. Ayelén Mazzina, la ministra del Superior Tribunal de Justicia, Dra. Cecilia Chada, el procurador General de la provincia, Dr. Luis Marcos Martínez, jueces/as, funcionarios/as, profesionales de cuerpos técnicos del Poder Judicial, agentes judiciales y abogados/as del foro local.

Redacción: J.N. Sanchez

Corrección: E. Jofré

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