CONTINÚA EL TELETRABAJO Y SE HABILITAN NUEVAS HERRAMIENTAS VIRTUALES PARA LA ATENCIÓN DEL JUSTICIABLE

A partir del 11 de mayo de 2020 en el Poder Judicial de la provincia de San Luis, se habilitan nuevas herramientas virtuales para la atención del justiciable y se mantiene la atención presencial solo para la tramitación de causas urgentes.

El Superior Tribunal de Justicia con el objetivo de preservar la salud del Justiciable, de los Auxiliares de Justicia y del personal del Poder Judicial minimizando los riesgos de propagación del virus COVID-19 y garantizar la continuidad de la prestación del servicio de justicia, en el marco del DNU N° DECNU-2020-297-APN-PTE de “aislamiento social preventivo y obligatorio” que en su art. 6 inc. 3 prevé como excepciones al “Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes” emitió el Acuerdo N° 210/2020. En tal Acuerdo se habilitan nuevas herramientas virtuales  para la atención del justiciable, dado que se mantiene la modalidad de teletrabajo y la atención presencial solo para la tramitación de causas urgentes, tales como las medidas cautelares, las denuncias por la comisión de delitos de acción pública o dependientes de instancia privada, las quiebras y los concursos y las medidas consiguientes a los mismos, las acciones y recursos de garantías individuales, cobro de remuneraciones y todos los demás asuntos cuando se justifique prima facie por el interesado, que se encuentra expuesto a la pérdida de un derecho o a sufrir graves perjuicios si no se le atiende.


Las referidas herramientas tecnológicas consisten en:

-Consulta virtual del profesional/ciudadano: Cada organismo judicial habilitará la atención virtual de 8 a 12 hs. a través del sistema de videoconferencia Cisco Webex. Los enlaces estarán disponibles en el sitio web del Poder Judicial a partir del 11 de mayo de 2020 (www.justiciasanluis.gov.ar). Los ciudadanos o profesionales que necesiten realizar alguna consulta, simplemente accederán al link y automáticamente personal judicial atenderá el requerimiento.

-Generación de usuario y contraseña para seguimiento on line de expedientes: Los ciudadanos pueden generar un usuario para consultar su expediente de manera digital. Para ello, deben enviar la solicitud por correo a informaticasl@justiciasanluis.gov.ar, detallando la causa y adjuntando imagen del Documento Nacional de Identidad.

-Sistema de turnos web para atención presencial un día a la semana de 9 a 13 hs.: a los fines de los actos presenciales urgentes, y que no se realizan previa citación o fijación judicial de audiencia, cada Juzgado o Tribunal determinará además un día a la semana en el que, en el horario de 9 a 13 hs., concurrirán un máximo de dos agentes administrativos a sus respectivas oficinas y el Magistrado o Secretario en caso de corresponder, para atender los trámites (entrega de oficios, declaraciones juradas, cartas poder, etc.), a cuyos efectos se asignarán previamente turnos cada 30 minutos por Organismo, mediante el sistema que se habilitará en el sitio web del Poder Judicial.

-Comunicación electrónica: con los distintos organismos el Poder Judicial mediante correos electrónicos y formularios de denuncias del Menú “DENUNCIAS/CONTACTOS” del sitio web www.justiciasanluis.gov.ar

-Videoconferencia: para audiencias, incluidas las correspondientes a Mediación, u otros actos, como recepción de manifestaciones etc, independientemente del domicilio de los participantes, mediante sistema Cisco Webex.

Por otra parte, se mantiene lo relativo a la recepción de denuncias, recordando que:

 a) Las Oficinas de recepción de denuncias, con asiento en San Luis, Villa Mercedes y Santa Rosa, esta última con delegaciones en Concarán y Merlo, son los organismos receptores de toda denuncia de índole penal, correccional, contravencional y de violencia familiar y de género, en el ámbito del Poder Judicial Provincial, y que reciben tales denuncias personalmente (cuando son requeridos por las guardias policiales de los Edificios Judiciales por apersonamiento del justiciable), por teléfono, correo electrónico, o formularios web de denuncias de “violencia” o de “violencia contra niños, niñas y adolescentes y adultos mayores” que se encuentran en los siguientes links de la página web del Poder Judicial:

https://www.justiciasanluis.gov.ar/?page_id=21595

https://www.justiciasanluis.gov.ar/?page_id=21605

Asimismo, los datos de contacto telefónico y correo electrónico de las Oficinas de Recepción de Denuncias se encuentran publicadas en la Guía Judicial del citado sitio web, en el link https://www.justiciasanluis.gov.ar/?page_id=738

b) Las denuncias de violencia familiar y de género pueden formularse también ante los Jueces de Paz Legos por quienes se domicilien en su jurisdicción, de manera telefónica o por correo electrónico, cuyos datos se encuentran en el Mapa Interactivo de la Justicia de Paz Lega, en el link de la página web del Poder Judicial https://www.justiciasanluis.gov.ar/?page_id=443

c) Los Jueces de Paz Legos están autorizados, inter duren las disposiciones sobre aislamiento social, preventivo y obligatorio, a recibir denuncias de habitantes y autoridades no policiales por infracciones al cumplimiento de tal aislamiento cometidas en su jurisdicción, en el marco de lo dispuesto por los arts. 205, 239 y cc del Código Penal.

Asimismo, continúa la restricción de ingreso y circulación en los edificios del Poder judicial.

Es decir, que el ingreso solo está permitido para personas que sean expresamente citadas, que concurran a formular denuncias, personal policial, personal de servicios de correos, y para el personal del Poder Judicial que deba prestar funciones.

Para ello, en la entrada de los principales edificios del Poder Judicial, habrá una Mesa General de Información en la que se realizará la recepción y control de quienes pretendan ingresar.

También a fin de que en todo acto presencial se observen las medidas de prevención e higiene recomendadas por el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud de la Provincia, se determina la aplicación del Protocolo de Medidas de Prevención e Higiene del Poder Judicial de San Luis, que se aprueba por Acuerdo N° 211/2020, en el cual se establece, entre otras medidas, el uso de tapabocas para toda persona que concurra a los edificios del Poder Judicial de la Provincia.

Además, se dispuso a partir del 11 de mayo de 2020 el cese de la suspensión de los plazos procesales que regía solo para los asuntos no urgentes. Estableciéndose supuestos que, de acontecer, conllevarán a que el Juez a cargo de la causa disponga la suspensión por resolución fundada que comunicará. Ello, en consideración a que el Gobernador de la Provincia de San Luis dictó el DECRETO Nº 2541-MJSGyC-2020, de fecha 01/05/2020, que en su art. 1 inc. d) exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, en el marco de lo dispuesto en el Art. 3º del DECNU-2020-408-APN-PTE, a las personas que realicen Profesiones Liberales Matriculadas, con las condiciones que se establecen al efecto, y habiéndose verificado las disponibilidades tecnológicas en la Provincia que en su oportunidad, posibilitaron el trámite despapelizado del expediente electrónico en todos los fueros e instancias del Poder Judicial.

 

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