JUZGAN A UN HOMBRE POR ABUSOS INTRAFAMILIARES

El debate oral lo lleva adelante la Cámara Penal Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial.

Hoy por la mañana, la Cámara Penal Nº 2 de la Segunda  Circunscripción Judicial comenzó a juzgar a un hombre, imputado en una causa por un delito contra la integridad sexual.  En la jornada de hoy, el acusado se abstuvo de declarar y el tribunal dio por iniciada la etapa probatoria con la declaración de testigos.

En la sala de juicios estuvieron presentes el tribunal – integrado por las Dras.  María Silvia del Castillo de Insúa y Daniela Estrada y por el Dr. Anibal Astudillo- el secretario de Cámara, Dr. Héctor Lazzari, la defensora de niñez, adolescencia e incapaces Nº 2, Dra. Yésica Agüero; el fiscal de Cámara; Dr. Ernesto Lutens, el imputado y sus abogados defensores, Ariel Becerra y Hugo Videla.

Luego de la lectura de la acusación fiscal, el Dr. Lutens hizo una reserva de ampliar la acusación formulada en primera instancia en la etapa de alegatos, mientras que la Dra. Agüero solicitó al tribunal que al momento de las declaraciones, se evite el contacto entre una de las víctimas y el acusado.

Los hechos fueron denunciados en el 2008 en la Comisaría 31 de Villa Mercedes, por la mamá de las víctimas. El imputado, quien estaba en pareja con la denunciante, habría atacado a tres niños: dos de ellos, sus hijos biológicos y una niña, hija de la mujer con la quien convivía.

En la acusación fiscal de primera instancia, la Dra. Daniela Torres, estimó que los   hechos   cometidos   menoscabaron “la integridad sexual de las víctimas, atento a la inexperiencia sexual de  éstos, como asimismo, la temprana edad, los modos y conductas aberrantes, provocaron en la psiquis de los mismos un   trastrocamiento   de   sus   emociones  de   acuerdo   a   los   informes psicológicos incorporados”.

En ese sentido, la Dra. Torres calificó a los hechos como: abuso sexual simple agravado por la situación de convivencia y abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por un ascendiente (padre) – dos hechos, todo en concurso real.

Por tratarse de un delito en perjuicio de una persona menor de 18 años, no se consignan los datos identificatorios de las partes a fin de preservar el derecho a la intimidad, privacidad y confidencialidad de la víctima (Art.22 Ley 26.061)

 

 

Para leer el informe sobre ABUSO SEXUAL: TIPOS, AGRAVANTES Y PENAS PREVISTAS EN EL CÓDIGO PENAL ARGENTINO ingrese al siguiente enlace: https://www.periodicojudicial.gov.ar/abuso-sexual-tipos-agravantes-y-penas-previstas-en-el-codigo-penal-argentino/

Para leer el informe sobre CONCURSO DE DELITOS: ¿CUÁNDO ES IDEAL Y CUÁNDO REAL? Ingrese al siguiente enlace: https://www.periodicojudicial.gov.ar/concurso-de-delitos-cuando-es-ideal-y-cuando-real/

 

 

Prensa Judicial Villa Mercedes

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