LA PLATAFORMA VIRTUAL SUMA UN NUEVO CURSO SOBRE DERECHOS HUMANOS

Por Resolución Nº 39 de la Escuela de Especialización para Magistrados y Funcionarios y de Capacitación para el Personal Judicial “Dr. Juan Crisóstomo Lafinur” dispuso sumar el curso “Introducción a los Derechos Humanos en contexto de encierro” a la oferta de la Plataforma de Educación Virtual.

La formación estará a cargo de las Dras. Eliana Carla Pradel- Defensora Oficial en lo Penal Nº 2 de Villa Mercedes- y Ailín Piuquén Umpierrez Varela- abogada- y las inscripciones iniciarán este 16 de junio.

Cabe aclarar que se trata de un curso cerrado, es decir sólo podrá participar el personal del Poder Judicial de la Provincia. Cuenta con un cupo de 100 participantes y los interesados/as pueden registrar su inscripción haciendo clic AQUÍ

El objetivo de la capacitación es problematizar las vulneraciones de los derechos humanos y poner en discusión las normativas vigentes. Además, se espera dar a conocer los conceptos básicos vinculados a la protección y promoción de los Derechos Humanos y comprender la importancia del desarrollo normativo sobre los Derechos Humanos en contextos de encierro que guardan relación con el trabajo de los operadores en los distintos ámbitos del Estado.

Las temáticas a desarrollar serán las siguientes:

  • Introducción a los Derechos Humanos.
  • Políticas Públicas con enfoque en Derechos Humanos.
  • Derechos de las personas privadas de la libertad y violencia institucional.
  • Derechos de las mujeres, diversidades y violencias.
  • Derechos de las personas con discapacidad y personas con problemáticas de salud mental.

Contará con tutoría virtual y se aprobará con el cumplimiento de las actividades que se establezcan como obligatorias para cada una de las unidades y la actividad final.

MANDATO DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

La referida capacitación se desarrolla en el marco de las recomendaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia “Caso nº 12.651 “Mendoza y otros vs. Argentina”.

En dicho documento se ordenó “Disponer medidas de no repetición que incluyan programas de capacitación al personal penitenciario sobre los estándares internacionales de derechos humanos, en particular, sobre el derecho de las personas privadas de libertad a ser tratadas dignamente, así como sobre la prohibición de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes. 

Cabe aclarar que en dicha sentencia el Estado Argentino resultó condenado por las violaciones a los derechos a la libertad personal, en relación con los derechos del niño, en perjuicio de César Alberto Mendoza, Lucas Matías Mendoza, Ricardo David Videla Fernández, Saúl Cristian Roldán Cajal y Claudio David Núñez, las cuales fueron cometidas al haberles impuesto penas de privación perpetua de la libertad por delitos cometidos durante su infancia, con base en la Ley Nº 22.278, relativa al Régimen Penal de la Minoridad, que no se encontraba adecuada a los estándares internacionales en materia de justicia penal de niños, niñas y adolescentes.

Compartir

Anterior

HOMICIDIO DE JOSE ACOSTA EN EL BARRIO EVA PERÓN I: NOVEDADES EN LA CAUSA

Siguiente

PRISIÓN DOMICILIARIA PARA IMPUTADA POR LESIONES Y AMENAZAS