NASCHEL: CONDENAN A UN HOMBRE POR HOMICIDIO CULPOSO EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO

La Fiscal de Instrucción N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial, Débora Roy Gitto, solicitó a la Jueza de la Sala Penal de Concarán, María Claudia Uccello, que la causa que investiga el homicidio en accidente de tránsito, ocurrido el 23 de octubre de 2022 a tres kilómetros de Naschel, concluya bajo el procedimiento de juicio abreviado y que E.T.V. sea condenado a 3 años de prisión en suspenso y 5 años de inhabilitación para conducir.  El hombre de 46 años, albañil y comerciante, fue acusado de homicidio culposo en accidente de tránsito, agravado por la conducción de automóvil con un nivel de alcoholemia superior a un gramo por litro de sangre. Durante el siniestro vial fallecieron Felicidad Huallpa Ciprian, Leonardo Pérez Luizaga y Martina Apaza Garnica.

El acuerdo fue presentado en la audiencia de juicio abreviado celebrada este miércoles a la mañana, y contó con la conformidad del abogado defensor del imputado, Leonardo Céspedes. E.T.V. reconoció la existencia del hecho y su autoría, así como también la calificación emitida por la Fiscalía. También acordó con la imposición de la pena.

Gitto expresó que “conducía bajo condiciones antirreglamentarias ya que, el control de alcotest, dio como resultado un dosaje de 2.28 gramos por litro de alcohol en sangre, este índice no solo habla de su descaro ante la protección de la vida de su acompañante, sino hasta de la propia, ante la norma jurídica vigente no solo a nivel nacional, como asimismo provincial”.

El hecho juzgado ocurrió el 23 de octubre de 2022, pasadas las 21 hs., cuando una camioneta Toyota Hilux conducida por E.T.V. volcó en la autopista N°55 a unos tres kilómetros de Naschel. En el vehículo viajaban además 4 personas de nacionalidad boliviana, que regresaban a la localidad luego de un festejo familiar en La Toma. Las tres personas fallecidas viajaban en el asiento trasero del vehículo.

SOBRE LA CONDENA

Uccello le aclaró a E.T.V. que se trata de “una condena verdadera y no un perdón”. Además, dijo que lo que se deja en suspenso es el cumplimiento efectivo de la prisión, es decir, que el hombre no va a ser alojado en el servicio penitenciario con la condición de que cumpla las siguientes reglas de conducta: fijar residencia e informar cambio de domicilio, entregar el carnet de conducir y abstenerse de consumir bebidas alcohólicas.

También la Magistrada estableció que se informe a la Municipalidad de Naschel y a la Policía de la zona, la prohibición de habilitar un nuevo carnet al condenado.

El juicio abreviado es una de las formas alternativas de culminar un proceso penal mediante el cual el acusado de un delito reconoce la existencia del hecho, su participación como autor, cómplice o instigador y acepta la calificación legal que el fiscal le otorga a ese hecho.

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