LEY BRISA: REPARACIÓN ECONÓMICA PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA FAMILIAR O DE GÉNERO

Se trata del cobro de una suma mensual equivalente a una jubilación mínima, establecido a través de la Ley N° 27.452 para hijos o hijas de mujeres víctimas de femicidio o de homicidio en contexto de violencia intrafamiliar y/o de género. 

 

Desde el momento de su sanción en el 2018, la Reparación Económica para las Niñas, Niños y Adolescentes (RENNYA), busca dar respuestas a víctimas de violencia familiar o de género. La Ley 27.452 establece que los hijos y las hijas de mujeres víctimas de femicidio o de homicidio en contexto de violencia intrafamiliar y/o de género deben ser protegidos para crecer en un ambiente sano y libre de violencias.

El beneficio puede solicitarse cuando judicialmente exista un auto de procesamiento, auto de elevación a juicio oral o sentencia de condena firme en causas por homicidio/femicidio

Dentro de la documentación que fundamente la petición deberán presentarse:

  • Copia del auto procesamiento, auto de elevación a juicio oral o sentencia de condena firme, -de acuerdo al Código Procesal Penal de cada provincia-, donde figuren todos los datos de la causa por disposición del Tribunal Penal interviniente, por haber participado del delito de femicidio/homicidio. 
  • En caso de fallecimiento/suicidio del/de la autor/a del femicidio/homicidio, resolución o archivo de culminación del proceso que tenga la extinción de la acción penal.

A través de la ley 27.452 se estableció que el gobierno nacional debe pagar mensualmente una suma similar a la jubilación mínima a niñas, niños y adolescentes  cuya madre, padre o progenitor o progenitora afín murió a causa de violencia de género o de violencia dentro de la familia.

Este programa prevé también la cobertura integral de salud de aquellos niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia: el Estado nacional debe cubrir todas sus necesidades de atención de su salud física y psíquica, a través del sistema de salud público. 

La reparación es compatible con la Asignación Universal por Hijo y otras asignaciones familiares y pensiones y es inembargable. 

El trámite se realiza a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). En los primeros 9 meses del 2020, 756 niños, niñas y adolescentes -cuyas madres o personas que estaban a cargo de sus cuidados fueron víctimas de femicidios u homicidios derivados de violencia de género o intrafamiliar-, accedieron a una reparación económica según un informe publicado en la página web de la institución. 

 

¿Quiénes tienen derecho a recibir la reparación económica que establece esta ley?

  • Las personas menores de 21 años cuya madre, padre o progenitor o progenitora afín murió a causa de violencia de género o de violencia dentro de la familia.
  • Pueden ser argentinos o residentes. Si son residentes deben acreditar residencia de 2 años de manera continua.
  • Las personas con discapacidad pueden cobrar la reparación económica sin límite de edad.

 

¿Quién debe pagar la reparación económica?

El Estado Nacional. La reparación económica es incompatible con otros beneficios nacionales, provinciales o municipales que se originen en el mismo hecho.

 

¿Cuál es el monto de la reparación económica?

El monto de la reparación económica es igual a una jubilación mínima. La cobrará directamente el hijo/a entre los 18 y hasta los 21 años, o bien la persona adulta responsable que quede a cargo del hijo/a menor de edad o con discapacidad sin límite de edad, en caso de requerirlo.

 

¿Se actualiza el monto de la reparación económica?

Sí. Se actualiza de acuerdo a la movilidad de la jubilación.

       

La Ley 27.452, conocida como “Ley Brisa”, nació por iniciativa de la ONG ‘La Casa del Encuentro’ después del femicidio de Daiana Barrionuevo, asesinada a golpes por el padre de sus tres hijos en 2014 en la localidad bonaerense de Moreno. ‘Brisa’ es el nombre de la menor de ellos, quien junto a sus hermanos quedó al cuidado de su abuelo. 

 

 

En este enlace usted podrá conocer los requisitos para iniciar el trámite: https://www.anses.gob.ar/regimen-de-reparacion-economica-para-las-ninas-ninos-y-adolescentes-ley-27452

 

Fuentes: 

https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechofacil/leysimple/ley-brisa-reparacion-economica-para-las-ninas-ninos-y-adolescentes

https://www.anses.gob.ar/regimen-de-reparacion-economica-para-las-ninas-ninos-y-adolescentes-ley-27452

http://noticias.anses.gob.ar/noticia/ley-brisa-la-anses-brinda-una-reparacion-economica-a-hijos-de-victimas-de-violencia-de-genero-3655

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/310000-314999/314792/norma.htm

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/310000-314999/312717/norma.htm

 

 

Redacción: R. Zitta

Corrección: G. Campana

Revisión: Dr. Diego Nievas – Secretario del Juzgado de Familia  Niñez y Adolescencia N° 1 – Segunda Circunscripción Judicial 

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