
A partir del 27 de junio deberán realizarse únicamente mediante oficios, sin perjuicio de la continuidad de la remisión de los Oficios electrónicos comunes a la Bandeja “Mesa de Entrada – Fiscalía de Estado – ID: 7” y a las notificaciones de otros actos procesales al domicilio electrónico de tal Organismo.
A través del Acuerdo Nº 149, el Superior Tribunal de Justicia dispuso que, a partir del próximo 27 de junio, la remisión a Fiscalía de Estado de la Provincia de las comunicaciones iniciales, medidas cautelares, los traslados de demandas (arts. 338, 486, 498, 793, 851 y cc del C.P.C. y C. y arts. 7 y 8 de la Ley N° V-0149-2004) y solicitud de informes previsto en los arts. 7 y 20 de la Ley IV-0090-2004, deberán efectuarse, exclusivamente, mediante Oficios, a diligenciar por interacción electrónica entre sistemas, a la Bandeja del Sistema Tramix “Traslado Demandas al Estado – ID: 15508”, sin perjuicio de la continuidad de la remisión de los Oficios electrónicos comunes a la Bandeja “Mesa de Entrada – Fiscalía de Estado – ID: 7” y a las notificaciones de otros actos procesales al domicilio electrónico de tal Organismo (art. 13 del Reglamento aprobado por Acuerdo N° 134/2018).
A tales efectos, se tendrá presente que el día y hora de envío, que reporta el sistema Iurix y se visualiza en sistema Iurix On Line con el número de expediente generado en sistema Tramix, es consecuencia del proceso correcto de la recepción en éste.
Prensa Judicial Villa Mercedes